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52 NORMAS LEGALES Martes 19 de marzo de 2024 El Peruano / Municipal remite los actuados a fin de que se elevado al Concejo Municipal para su evaluación y aprobación, con el propósito de que se proceda conforme a las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972; Estando en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad, con la dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANzA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento para el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad distrital de San Martin de Porres, el mismo que consta de cinco títulos, veintiún artículos, tres disposiciones complementarias y 4 anexos, cuyo texto íntegro, forma parte de la presente ordenanza y será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modificación de las fechas correspondientes al Cronograma del proceso y la fecha de aporte de cofinanciamiento. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal y a la Secretaría General la publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HERNAN TOMÁS SIFUENTES BARCA Alcalde 2271192-1 REQUISITOS PARA PUBLICAR SENTENCIAS DE CASACIÓN, PROCESOS CONSTITUCIONALES Y PRECEDENTES VINCULANTES Las entidades públicas que requieran publicar documentos en las Separatas Especiales de “Sentencias de Casación”, “Procesos Constitucionales” y “Precedentes Vinculantes”, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. El personal autorizado y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta personal de correo institucional, a las siguientes cuentas oficiales electrónicas, según corresponda: sentenciascasación @editoraperu .com.pe; procesosconstitucionales@editoraperu. com.pe; precedentesvinculantes@editoraperu.com.pe . 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente : a) Oficio en formato PDF dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales, en el que se solicita la publicación de las sentencias o resoluciones. En el caso de Procesos Constitucionales, se deberá precisar de manera expresa que las resoluciones remitidas son sentencias finales y/o resoluciones aclaratorias de las mismas. De lo contrario, deberá consignarse expresamente el consentimiento de pago para su publicación. En el caso de Precedentes Vinculantes, deberán consignar expresamente que las mismas constituyen precedentes de observancia obligatoria. b) En el oficio de publicación se incluirá obligatoriamente la relación detallada de las resoluciones o sentencias que se remiten. c) El oficio podrá ser firmado digitalmente consignando, además, el nombre y cargo del funcionario autorizado, al final del oficio y/o con sello y firma manual. d) El archivo en formato Word de la información a publicar, deberá contener una sentencia debajo de otra. e) En todos los casos, se remitirá copia de la Resolución Original firmada en formato PDF, la misma que servirá de respaldo de las publicaciones, cuyo contenido será idéntico al archivo Word. La entidad cuidará que los documentos que remitan sean legibles. No se recibirán documentos físicos y se devolverán los documentos ilegibles. f) Las Sentencias de Casación deberán ser agrupadas de acuerdo a la Sala de Origen que las resolvió. 3. El contenido del archivo Word que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE Y CORRESPONDE ÍNTEGRAMENTE AL PDF DE RESPALDO. Por tanto se recomienda verificar que el archivo Word tenga el texto completo de cada sentencia, incluyendo la transcripción de los nombres y cargos de quienes la suscriben, así como la fecha de emisión. De esta manera, la entidad solicitante es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERÚ para su publicación. 4. En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de Oficio y nombre de la institución. 5. En el contenido del correo electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario designado para resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 6. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERÚ, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 7. Los documentos se recibirán de lunes a viernes, de 09:00 a 17:30 p.m. Las sentencias se publicarán dentro del plazo de ley, siempre y cuando cumplan con las formalidades y requisitos solicitados. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES