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5 NORMAS LEGALES Martes 21 de mayo de 2024 El Peruano / Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función de la Directora Ejecutiva (e) expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo; Con el visado del Gerente General, de la Directora de la O fi cina de Recursos Humanos, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Oswaldo Manuel Gonzáles Soto en el cargo de Asesor de la Gerencia General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución al señor Oswaldo Manuel Gonzáles Soto, así como a la O fi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, para los fi nes pertinentes.Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY PAREDES DEL CASTILLO Directora Ejecutiva (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 2290274-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Director de la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2024-EF/49 Lima, 20 de mayo del 2024 COMUNICADO N° 005-2024-EF/52.01 CADUCIDAD O PRESCRIPCIÓN DE BONOS EMITIDOS POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ El Ministerio de Economía y Finanzas reitera a las instituciones públicas, así como a las personas naturales y jurídicas en general, que no admite ningún requerimiento de pago de Bonos emitidos por la República del Perú, respecto de los cuales se ha producido la caducidad o prescripción para su cobro, en aplicación de la Ley Nº 8599 de fecha 18.11.1937, y del inciso 1) del Artículo 2001 del Código Civil; razón por la cual se invoca al público en general, abstenerse de efectuar transacciones o gestiones con tales títulos. Los Bonos que se encuentran en la situación antes descrita son aquellos emitidos en los años 1871, 1874, 1875, 1920, 1928 y 1929, y en virtud de las Leyes Nº 5621, 6752, 13309, 13517 y 15591, sus ampliatorias y modi fi catorias; así como los “Bonos de Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones - Decreto Ley Nº 17803”, los “Bonos para Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones para la Zona Afectada por el Terremoto del 31 de mayo de 1970 - Decreto Ley Nº 18974”, los “Bonos de Inversión Pública” de 1979 y 1981, autorizados por el Decreto Ley Nº 22403 y por el artículo 77 de la Ley Nº 23233, respectivamente, los “Bonos de Reconstrucción - Ley Nº 23592”, los “Bonos de Desarrollo - Ley Nº 24030” y los “Bonos de Pensiones - Ley Nº 23495”. Dado que la mención antes señalada no es taxativa, en caso se requiera de mayor información sobre el particular, se puede remitir la consulta correspondiente dirigida a la Dirección General del Tesoro Público a través de la mesa de partes física o virtual del Ministerio de Economía y Finanzas. Finalmente, cabe informar que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, con fecha 27.09.2022 ha emitido Sentencia mediante la cual declara infundado un recurso de casación relativo al pago de Bonos de Reconstrucción - Ley N° 23592 y de Bonos de Desarrollo - Ley N° 24030, con fi rmando la prescripción de acciones de cobro de estos Bonos emitidos por la República del Perú (Casación N° 28152-2018 LIMA). Para conocer el texto de la Sentencia, se invita a acceder al siguiente link: https://busquedas.elperuano.pe/cuadernillo/CA/20230620, que corresponde al Diario O fi cial El Peruano de fecha 20.06.2023. Lima, 21 de mayo de 2024 GUADALUPE PIZARRO MATOS Directora General (e) Dirección General del Tesoro Público 2290239-1