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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2024 (21/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 21 de mayo de 2024 El Peruano / Autorizan viaje de delegación de la Universidad Nacional de Cañete para participar en evento a realizarse en EE.UU. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 180-2024-UNDC/CO Cañete, 15 de mayo de 2024LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS: El Memorándum N° 232-2024-UNDC/CO/AOM-P de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora, Informe N° 389-2024/OPP/UNDC de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cio N° 094 - 2024-UNDC/ CO/ERS-P-OAJ de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 229- 2024-UNDC/CO/AOM-P de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora, Ofi cio N° 569-2024-UNDC/CO/AOM/P de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora, O fi cio Múltiple N° 0015-2024-MINEDU/DM de fecha 24 de abril de 2024 emitido por el Ministerio de Educación, Correo electrónico de DIPODA y DIGESU de fecha 15 de mayo de 2024, O fi cio Múltiple N° 090-2024- UNDC/CO/AOM/P de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora, O fi cio N° 108-2024-UNDC/FCE-EP-ATH/NEBCH del 15 de mayo de 2024 emitido por la Dra. Nieves Elva Baños Chaparro, Ofi cio N° 098-2024/UNDC-DA-ATH/MGVC de fecha 15 de mayo de 2024 emitido por la Dra. Maria Guadalupe Valiente Campos, y demás documentos que escoltan el expediente administrativo, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la Provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, la Universidad Nacional de Cañete, es una institución que brinda educación superior integral de calidad mediante una gestión académica y administrativa, centrada en los derechos humanos, con pertinencia social de las escuelas profesionales y posgrado, investigación cientí fi ca y el ejercicio responsable del liderazgo universitario, vinculado al desarrollo de la región, el país y el mundo; Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo con la presente Ley, le correspondan”;Que, el artículo 58° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/ UNDC y su modi fi catoria, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en el primer párrafo del artículo 1° regula la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividad Empresarial del estado FONAFE”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2º, referido al contenido del acto de autorización, establece que “la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; Que, asimismo, el artículo 4º del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, con O fi cio Múltiple N° 0015-2024-MINEDU/DM de fecha 24 de abril de 2024, el Ministro de Educación hace de conocimiento al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, que se viene promoviendo la participación de la Delegación Peruana y el Stand País en la “76° Conferencia y Exposición Anual de NAFSA-2024”, la cual se llevará a cabo del 28 al 31 de mayo de 2024 en la ciudad de New Orleans, Lousiana, Estados Unidos de Norteamérica; en ese sentido, hace extensiva la invitación a participar del citado evento; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 090-2024-UNDC/CO/ AOM/P, la Presidencia de Comisión Organizadora solicita confi rmación de participación en la “76° Conferencia y Exposición Anual de NAFSA-2024” a la Dra. Nieves Baños Chaparro y María Guadalupe Valiente Campos, quienes mediante O fi cio N° 108-2024-UNDC/FCE-EP- ATH/NEBCH y O fi cio N° 098-2024/UNDC-DA-ATH/MGVC comunican su con fi rmación; Que, mediante O fi cio N° 569-2024-UNDC/CO/AOM/P de fecha 15 de mayo de 2024, la Presidencia de Comisión Organizadora de la UNDC remite al Ministro de Educación la con fi rmación de asistencia y relación del personal que participará en la “76° Conferencia y Exposición Anual de NAFSA-2024”, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosCargoCorreo InstitucionalCelular Dra. Nieves Elva Baños ChaparroDirectora de la Escuela Profesional de Administración de Turismo y Hoteleríanbanos@undc. edu.pe 981255236 Dra. Maria Guadalupe Valiente CamposDepartamento Académico de Administración de Turismo y Hoteleríamvaliente@undc. edu.pe 945023682 Que, mediante Memorándum N° 229-2024-UNDC/CO/ AOM/P de fecha 15 de mayo de 2024, el Presidente de la Comisión Organizadora solicita a la Secretaria General, convocar a Sesión Extraordinaria, teniendo como punto de agenda la Participación de la Universidad Nacional de Cañete en la “76° Conferencia y Exposición Anual