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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (22/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Martes 22 de abril de 2025 El Peruano / General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILSON VARA MALLQUI Director General Dirección General de Abastecimiento DIRECTIVA Nº 0003-2025-EF/54.01 DIRECTIVA PARA LA GESTIÓN DE LA COMPRA CORPORATIVA FACU LTATIVA Artículo 1.- Finalidad La presente Directiva tiene por fi nalidad establecer las disposiciones que permitan a las entidades contratantes gestionar e impulsar las compras corporativas facultativas contempladas en la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-EF. Artículo 2.- Base Legal a) Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento. b) Decreto Supremo Nº 217-2019-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento. c) Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. d) Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modi fi catorias, complementarias y conexas, de ser el caso. Artículo 3.- Ámbito de aplicación La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades contratantes establecidas en el artículo 3 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. Artículo 4.- Acrónimos y referencias Para efectos de la presente Directiva, se emplean los siguientes acrónimos y referencias: a) CCF: Compra Corporativa Facultativa b) CEAM: Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco c) CTE: Comité Técnico Especializado d) CMN: Cuadro Multianual de Necesidadese) DEC: Dependencia encargada de las contrataciones.f) DGA: Dirección General de Abastecimiento.g) Ley: Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas h) PAC: Plan Anual de Contrataciones i) Reglamento: Reglamento de la Ley Nº 32069j) RUCC: Requerimiento Único de Compra Corporativak) SNA: Sistema Nacional de Abastecimientol) Seace: Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado m) Pladicop: Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas Artículo 5.- De fi niciones Para efectos de la presente Directiva se consideran las siguientes de fi niciones: a) Análisis de pertinencia: Es la evaluación que realiza una entidad participante acerca de la relevancia, oportunidad y conveniencia de contratar un bien o servicio a través de una CCF. b) Análisis de viabilidad: Es la evaluación que realiza una entidad encargada a fi n de determinar la factibilidad de realizar una CCF con base en la información de dos o más entidades participantes. c) Comité Técnico Especializado: En el caso de Perú Compras es el órgano colegiado con alto dominio técnico en el objeto de la contratación, el cual es responsable de elaborar el requerimiento corporativo de los bienes y servicios de las entidades participantes, y hace las veces de área técnica estratégica hasta la culminación de la compra corporativa. d) Consolidación: Es el proceso mediante el cual la entidad encargada agrupa los bienes y/o servicios en general previamente homogenizados que serán contratados corporativamente, incluye las cantidades y condiciones especí fi cas de los requerimientos de las entidades participantes. e) Documentos Complementarios : Documentos que facilitan la implementación de una CCF tales como lineamientos, guías, instructivos, comunicados, documentos de orientación, entre otros. f) Entidad encargada: Es la entidad contratante que se encarga de convocar un procedimiento de selección de CCF en el Seace de la Pladicop o conducir la contratación a través del CEAM, en este último caso solo Perú Compras puede constituirse como entidad encargada. g) Entidad participante: Es la entidad contratante que tiene una o más necesidades que desea que se atiendan a través de una CCF y emite una solicitud a una entidad encargada, solicitando su participación. h) Requerimiento Homogenizado: Documento elaborado por la entidad encargada que contiene de forma detallada las características similares de un bien o servicio en general, que permita la contratación mediante CCF. i) Requerimiento Único de la Compra Corporativa: Es el requerimiento consolidado de todas las entidades participantes que forman parte de una CCF, que contiene el requerimiento homogenizado o, cuando corresponda, la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes o Ficha de Homologación; así como las cantidades y condiciones particulares de cada entidad participante. Artículo 6.- Alcances de la CCF 6.1. Mediante la CCF, la entidad encargada agrupa la demanda de bienes y/o servicios en general de naturaleza similar, de dos o más entidades participantes, para que sea atendida a través de un RUCC, a fi n de alcanzar condiciones más ventajosas para el Estado. 6.2. La CCF comprende las actividades necesarias que permitan a la entidad encargada realizar las acciones para obtener, de parte de los proveedores, una oferta por el RUCC, y sólo hasta el momento en que se determine a el/los proveedor(es) seleccionado(s) y/o la buena pro quede consentida, luego de lo cual, cada una de las entidades participantes suscribe los contratos correspondientes con el/los proveedor(es) seleccionado(s) para cada ítem del procedimiento de selección de la CCF o del CEAM. Artículo 7.- Iniciativa de la CCF La CCF puede desarrollarse a iniciativa de: a) Entidad encargada. b) Las entidades contratantes del Gobierno Nacional que desarrollan políticas nacionales y/o sectoriales del Estado. c) Entidades participantes. Artículo 8.- CCF a iniciativa de la entidad encargada8.1. Cuando la iniciativa de una CCF corresponde a una entidad encargada, el procedimiento se inicia con un análisis de viabilidad realizado por su DEC o la unidad orgánica competente, de acuerdo con sus documentos de gestión. La entidad encargada para realizar este análisis puede solicitar información a las potenciales entidades participantes. 8.2. En este Análisis de Viabilidad, se evalúan los siguientes criterios: a) Viabilidad Técnica: Consiste en: i) veri fi car si el bien o servicio en general materia de la CCF es susceptible de ser homogenizado sin afectar su funcionalidad o calidad, permitiendo la consolidación de la demanda y, ii) evaluar si las especi fi caciones técnicas, términos de referencia y/o condiciones contractuales son similares para todas las entidades participantes. b) Viabilidad económica: Consiste en: i) determinar el impacto económico positivo de la CCF mediante