TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Martes 22 de abril de 2025 El Peruano / Que, de acuerdo a lo señalado en el literal a) del numeral 5.1.1. de la Cláusula Quinta del citado convenio, el MINEM se compromete a destinar los recursos presupuestales necesarios para la contratación de personal profesional y especializado para que desarrollen las competencias en las materias de energía y de minería, en el año fi scal 2025, por un monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles); Que, asimismo, el literal b) del numeral 5.1.1. de la Cláusula Quinta del referido Convenio, dispone que, la Transferencia se efectuará en el Año Fiscal 2025, por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), previa presentación de los Informes de Avances y Logros que corresponden al Convenio 2024, con la conformidad del mismo por parte de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe Nº 010-2025/MINEM-OGPP-OPRE, emitió opinión favorable para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de los diversos Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco Millones Doscientos Mil y 00/100 soles); Que, a través del Informe Nº 102-2025-MINEM/ OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se pronuncia, indicando que el GORE Loreto cumplió con presentar los Informes de Avances y Logros del Convenio 2024, dando la conformidad de los mismos a través de los Informes Nº 210-2024-MINEM-OGPP-ODICR, Nº 238-2024-MINEM/OGPP-ODICR, Nº 331-2024-MINEM/OGPP-ODICR y Nº 036-2025-MINEM/OGPP-ODICR, a fi n que se realice la transferencia a favor del mencionado GORE, cumpliéndose así con lo establecido en la Cláusula Quinta del citado Convenio; Que, la O fi cina de Presupuesto ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2025-00019- 001, con cargo a la Meta Nº 0050 y SIAF Nº 0000000019, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe Nº 085-2025/MINEM-OGA-OFIN, informa que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros hasta el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y cuenta con los documentos sustentatorios requeridos que permiten realizar la transferencia fi nanciera a favor del GORE Loreto, en el marco de la Ley Nº 32185, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 328-2025-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la expedición del acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del GORE Loreto; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), a favor del GORE Loreto; Con los vistos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina Financiera y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 soles), a favor del Pliego 453: Gobierno Regional de Loreto, para ser destinada exclusivamente a su Dirección Regional de Energía y Minas o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de sus funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 200 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 453 : Gobierno Regional de Loreto 200 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Loreto - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : Nº 0861 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUT RUC : Nº 20493196902 Artículo 3 .- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto, correspondiente al Año Fiscal 2025. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2392298-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Pliego 444: Gobierno Regional de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2025- MINEM/DM Lima, 21 de abril de 2025VISTOS: El Informe N° 106-2025-MINEM/OGPP- ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe N° 010-2025/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto, ambas de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 093-2025/MINEM-OGA-OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 325-2025-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el artículo 76 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las transferencias