TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de enero de 2025 El Peruano / Que, según lo citado en la normativa, antes señalada; la fase inicial de preparación, se entiende que, esta fase es de responsabilidad del Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda, en coordinación con sus respectivos Consejos de Coordinación. El desarrollo de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación y capacitación de los agentes participantes para el desarrollo del proceso debe realizarse oportunamente y con la su fi ciente anticipación, por lo que esta fase debería iniciar en el mes de enero del ejercicio previo. Antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación y capacitación de los agentes participantes es necesaria la aprobación de la Ordenanza que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros aspectos que considere el pliego; Que, la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, del 12 de abril de 2010, que aprueba el instructivo N° 001-2010-EF/76.01, denominado “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales y en su numeral 2.2. señala como roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: Aprobar las normas complementarias que requieran para llevar a cabo el proceso; fi scalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el proyecto de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026, tiene por objeto mejorar la e fi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo con las prioridades concertadas, garantizando mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos que se da en el marco del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026; cuya fi nalidad es regular el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco, a fi n de recoger las aspiraciones y necesidades de los Ciudadanos, dentro de un proceso técnico, participativo y concertado; que será de aplicación obligatoria por el Consejo de Coordinación Regional, Consejo Regional, Equipo Técnico Ampliado, Agentes Participantes y demás involucrados que desarrollan acciones en el ámbito del territorio de Huánuco; Que, mediante Informe N° 062-2024-GRH-GRPPAT/ SGPE-AMDCH de fecha 12 de noviembre de 2024, el responsable de la Unidad de Planes, remite a la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico, el Proyecto del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco para su aprobación correspondiente; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico, mediante Informe Nº 466-2024-GRH-GRPPAT-SGPE de fecha 14 de noviembre de 2024, remite al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco, precisando que el mismo debía ser aprobado por el Consejo Regional media Ordenanza Regional; Que, mediante Informe N° 808-2024-GRH/GRPPAT de fecha 19 de noviembre de 2024, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco a la Gerencia General Regional; para conocimiento; y recomendando la remisión del mismo a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica para la emisión de opinión legal; Que, a través del Informe Legal N° 000023-2024-GRH/ GRAJ-NSHI de fecha 16 de diciembre, el Especialista de la Gerencia Regional de Asesoría Legal; concluye opinando de manera favorable por la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco, conforme a los informes técnicos favorables descritos en el análisis del expediente, que está compuesto por nueve (09) capítulos, cuarenta y nueve (49) artículos, siete Disposiciones Complementarias y Finales que forman parte del presente expediente; Que, con Informe Nº 001323-2024-GRH/GRAJ, de fecha 16 de diciembre de 2024; el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, remite el Informe Legal N° 000023-2024-GRH/GRAJ-NSHI, a la Gerencia General Regional con opinión favorable sobre la aprobación del Proyecto del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026, y haciendo suyo el análisis y la opinión del especialista de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, autor del Informe Legal precitado. Que, mediante O fi cio N° 1240-2024-GRH/GGR de fecha 18 de diciembre de 2024, la Gerencia General Regional, eleva al Consejo Regional la opinión técnica y legal para la evaluación y aprobación del Proyecto del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco. Que, mediante O fi cio N° 809-2024-GRH-CR/SCR de fecha 19 de diciembre de 2024, por el cual el secretario del Consejo Regional remite a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, la opinión técnica y legal para la evaluación y aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2026 del Gobierno Regional Huánuco. Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 30 de diciembre de 2024, el Dictamen N° 064-2024-GRH-CR/COPPATyAL de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por MAYORÍA la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR, EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2026 DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, que consta de nueve (08) Capítulos, cuarenta y siete (47) Artículos, siete (07) Disposiciones Complementarias y Finales. Artículo Segundo.- DERÓGUESE, la Ordenanza Regional N° 020-2023-GRH-CR de fecha 15 de diciembre de 2024, a través del cual se aprobó el Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2024 del Gobierno Regional Huánuco y otras disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 31 días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.