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6 NORMAS LEGALES Lunes 17 de febrero de 2025 El Peruano / y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor LUIS ANTONIO GARCIA DIAZ en el cargo de Director General de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- El mencionado servidor debe presentar su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas y su Declaración Jurada de Intereses, conforme al procedimiento y plazos establecidos en la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2372160-1 Aprueban la Versión Corregida de la NTP- ISO 7886-1:2021 Jeringas hipodérmicas estériles de un solo uso. Parte 1: Jeringas para uso manual. 3ª Edición RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000001-2025- INACAL/DN Lima, 10 de febrero del 2025 VISTO: El acta de fecha 31 de enero de 2025 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afi nes a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, el Comité Técnico de Normalización en materia de: Tecnología para el cuidado de la salud, propone aprobar 01 Proyecto de Norma Técnica Peruana, sustentando ello en el informe que fi gura en el expediente correspondiente; Que, en sesión de Comité Permanente de Normalización de fecha 24 de agosto de 2021 con Resolución Directoral N° 021-2021-INACAL/DN, se aprobó la NTP-ISO 7886-1:2021 Jeringas hipodérmicas estériles de un solo uso. Parte 1: Jeringas para uso manual. 3 a Edición, siendo esta una adopción de la norma ISO 7886-1:2017 de la Organización Internacional de Normalización (ISO); Que, siendo la NTP-ISO 7886-1 una norma de adopción internacional de la ISO, la Dirección de Normalización considera necesario el realizar una Versión Corregida de la NTP-ISO 7886-1:2021, de acuerdo con el Informe N°001-2025-INACAL/DN.PN de fecha 23 de enero de 2025; Que, con base en el informe del Comité Técnico de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2023-INACAL/PE; en sesión de fecha 31 de enero del año 2025, acordó por unanimidad aprobar la Versión Corregida de la NTP-ISO 7886-1:2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Versión Corregida de la NTP- ISO 7886-1:2021 Jeringas hipodérmicas estériles de un solo uso. Parte 1: Jeringas para uso manual. 3ª Edición. Artículo 2°.- Informar a los usuarios que la NTP- ISO 7886-1:2021, tiene una versión corregida 2025 equivalente y alineada a su versión original en inglés. Artículo 3.- La Versión Corregida 2025 de la NTP-ISO 7886-1:2021 reemplaza la impresión de la NTP-ISO 7886-1:2021 de agosto de 2021. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de NormalizaciónInstituto Nacional de Calidad 2371845-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre harina de castaña amazónica, muebles y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000002-2025- INACAL/DN Lima, 10 de febrero del 2025VISTO: El acta de fecha 31 de enero de 2025 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa,