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103 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / de Compensación Regional (FONCOR). Para efectos del fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se requiere que estas cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado, para lo cual los pliegos quedan exceptuados del numeral 11.3 del artículo 11 de la presente Ley, (...)” Que, el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con fecha 05 de mayo del 2025, se ingresó por mesa de partes el OFICIO Nº 168-2025- MPCH/A, suscrito por el Alcalde Provincial de Chepén donde levanta observaciones y: “Solicita transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén para la ejecución física del Proyecto de Inversión denominado: “CONSTRUCCIÓN DE RESERVORIO; EN EL(LA) CENTRO POBLADO SAN JOSÉ DE MORO DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA CHEPÉN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”.CUI Nº 2577500”, adjuntando el Expediente Técnico actualizado aprobado mediante RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA PROVINCIAL Nº 176-2025-MPCH- GM con fecha de aprobación 29 de abril del 2025, cuyo monto pendiente por fi nanciar es de S/ 2,036,820.00 (Dos Millones Treinta y Seis Mil Ochocientos Veinte con 00/100). Que, mediante OFICIO Nº001900-2025-GRLL-GGR- GRI, se traslada el informe emitido por la Sub Gerencia de Estudios De fi nitivos, con la opinión técnica favorable a la solicitud de fi nanciamiento del Proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DE RESERVORIO; EN EL(LA) CENTRO POBLADO SAN JOSÉ DE MORO DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA CHEPÉN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” con CUI Nº 2577500, es así, que la Sub Gerencia de Estudios De fi nitivos informa el Ing. Arturo Adolfo Giles Mendoza evaluador de la Sub Gerencia, emite OPINIÓN FAVORABLE, al proyecto antes referido. Que, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, a través del Informe Nº 16- 2025-GGR-GRPAY-SGPMI de fecha 14 de mayo, informa que ha procedido a veri fi car satisfactoriamente que la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Chepén , a la cual se le transferirá los recursos cuentan con las competencias correspondientes para su ejecución, asimismo emite opinión favorable para efectuar la transferencia fi nanciera porque cumplen con lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los Lineamientos, Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas, con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 aprobado con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01. Que, el Gerente Regional de Presupuesto emite el Ofi cio Nº 448-2025-GGR-GRP de fecha 13 de mayo del 2025, a través del cual señala que luego de analizar el expediente de la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y la Municipalidad Provincial de Chepén y luego de haber cumplido con diligenciar correctamente el Anexo Nº 2 (Contenido del Informe Sustentatorio del Convenio) y Anexo Nº3 (Propuesta de Convenio), emite OPINIÓN FAVORABLE a la suscripción y fi rma del citado Convenio. Que, el Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial emite el O fi cio Nº 3327-2025-GGR-GGR-GRPAT de fecha 14 de mayo del 2025, y opina que es correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en los párrafos precedentes, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 13º de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 2,036,820.00 en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados, 5.15 Fondo De Compensación Regional- FONCOR, respectivamente. Que, con O fi cio No. 545-2025-GGR-GRAJ, de fecha 14 de mayo del 2025, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica remite el Informe Legal No. 081-2025-GRLL-GGR/GRAJ-MSJB, quien emite opinión legal FAVORABLE respecto de la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén, por la suma de DOS MILLONES TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 00/100 SOLES (S/ 2´036,820.00), destinados a fi nanciar la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCION DE RESERVORIO; EN EL(LA) CENTRO POBLADO SAN JOSE DE MORO DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA CHEPEN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”, con Código Único de Inversión CUI Nº 2577500; y, respecto de la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para hacer efectiva la transferencia antes detallada. Recomendando remitir los actuados al Consejo Regional La Libertad a fi n de poner a consideración la emisión del acuerdo regional por el cual se autorice la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén, por la suma de DOS MILLONES TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 00/100 SOLES (S/ 2´036,820.00), destinados a fi nanciar la ejecución del “CONSTRUCCION DE RESERVORIO; EN EL(LA) CENTRO POBLADO SAN JOSE DE MORO DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA CHEPEN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”, con Código Único de Inversión CUI Nº 2577500. Que, mediante Ofi cio Nº 381-2025-GRLL-GGR , de fecha 14 de mayo del 2025, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1621-2015-GRLL-GOB; y, contando con el informe de viabilidad presupuestal, así como las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la propuesta de Acuerdo Regional sobre autorizar la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado; Que, en Sesión de Consejo Regional de fecha 23 de mayo del año en curso, la Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el Dictamen Nº 0047-2025-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado, previa sustentación técnica y legal por parte de las gerencias regionales del Gobierno Regional de La Libertad; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamentos Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional, ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén, hasta por la suma de S/. 2,036,820.00 (DOS MILLONES TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 00/100 SOLES), destinados al fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto denominado “CONSTRUCCIÓN DE RESERVORIO; EN EL(LA) CENTRO POBLADO SAN JOSÉ DE MORO DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA CHEPÉN, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD “ con CUI Nº 2577500; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 13º de la Ley Nº