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98 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / para lo cual los pliegos quedan exceptuados del numeral 11.3 del artículo 11 de la presente Ley, (…)” Que, el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con fecha 11 de abril del 2025, se ingresó por mesa de partes el OFICIO N° 211-2025- MDG/A, suscrito por el Alcalde Distrital de Guadalupe, documento con asunto: “Solicito fi nanciamiento vía transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe para la ejecución física del Proyecto de Inversión denominado: “MEJORAMIENTO DEL PARQUE RECREATIVO SAN ISIDRO DEL SECTOR CAFETAL II, DISTRITO DE GUADALUPE - PROVINCIA DE PACASMAYO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” CUI N° 2530171”, adjuntando el Expediente Técnico aprobado la actualización mediante RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 076- 2025-MDG/GM con fecha de aprobación 16 de abril del 2025, cuyo monto pendiente por fi nanciar es de S/ 973,517.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON 00/100 SOLES). Que, mediante OFICIO N° 001799-2025-GRLL-GGR- GRI, la Gerencia Regional de Infraestructura traslada y valida el Informe N° 000741-2025-GRLL-GGR-GRI-SGED de fecha 25 de abril del 2025, emitido por la Sub Gerencia de Estudios De fi nitivos, siendo de la opinión que, el expediente técnico contiene los estudios de ingeniería de detalle de orden técnico y económico y cumple con los requerimientos técnicos mínimos para la adecuada ejecución de una obra y solicita fi nanciamiento para ejecución del proyecto: “MEJORAMIENTO DEL PARQUE RECREATIVO SAN ISIDRO DEL SECTOR CAFETAL II, DISTRITO DE GUADALUPE - PROVINCIA DE PACASMAYO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” CUI N° 2530171. Que, la Sub Gerencia de Tesorería de la Gerencia Regional de Administración según Informe N° 000081-2025-GRLL-GGR-GRA-SGTES, de fecha 30 de abril del 2025, emite informe de disponibilidad fi nanciera a favor del PROYECTO: 2530171 - MEJORAMIENTO DEL PARQUE RECREATIVO SAN ISIDRO DEL SECTOR CAFETAL II, DISTRITO DE GUADALUPE - PROVINCIA DE PACASMAYO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. Indica que se cuenta con Proyección de Disponibilidad Financiera en la FUENTE DE FINANCIAMIENTO - RECURSOS DETERMINADO- Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta De Aduanas y Participaciones hasta por el importe de S/ 944,017.00 soles (NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DIECISIETE Y 00/100) que servirán para fi nanciar transferencias a Gobiernos Locales. Que, el Gerente Regional de Presupuesto en conformidad al Informe N° 000254-2025-GRLL- GGR-GRP-KGM, de fecha 14 de mayo del 2025 adjunto al OFICIO N° 000469-2025-GRLL-GGR- GRP emite opinión correspondiente relativa a la transferencia fi nanciera referida en los párrafos precedentes, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 13° de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 944,017.00 soles (NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DIECISIETE CON 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados, Rubro 18 CANON, respectivamente. Que, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones mediante el O fi cio N° 000405-2025-GRLL- GGR-GRPAT-SGPMI contiene el Informe N° 0000038-2025-GRLL-GGR- GRPAT-SGPMI-ECF de fecha 14 de mayo del 2025, siendo de la opinión previa favorable, por cuanto el Proyecto con Código Único de Inversión CUI N° 2530171 cumple con los requisitos y criterios para el Financiamiento vía Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, por el monto total de S/ 944,017.00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DIECISIETE CON 00/100 SOLES). Que, el Sub Gerente de Planeamiento mediante Informe Técnico N° 000002-2025-GRLL-GGR- GRPAT-SGP-VAS, de fecha 14 de mayo del 2025 señala que luego de analizar el expediente de la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y la Municipalidad Distrital de Guadalupe y luego de haber cumplido con diligenciar correctamente el Anexo N° 2 (Contenido del Informe Sustentatorio del Convenio) y Anexo N° 3 (Propuesta de Convenio), emite OPINIÓN FAVORABLE a la suscripción y fi rma del citado Convenio. Que, a través del O fi cio N° 000330-2025-GRLL- GGR-GRPAT, de fecha 14 de mayo del 2025 la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial concluye que es FAVORABLE la suscripción del convenio propuesto Que, de acuerdo al Informe Legal N° 062 -2025-GRLL- GGR/GRAJ-AMVG, de fecha 14 de mayo del 2025, el adjunto de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, por la suma de NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DIECISIETE CON 00/100 SOLES (S/ 944,017.00), destinados a fi nanciar la ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL PARQUE RECREATIVO SAN ISIDRO DEL SECTOR CAFETAL II, DISTRITO DE GUADALUPE - PROVINCIA DE PACASMAYO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, con Código Único de Inversión CUI N° 2530171; y, respecto de la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para hacer efectiva la transferencia antes detallada. Recomienda REMITIR los actuados al Consejo Regional La Libertad a fi n de poner a consideración la emisión del acuerdo regional por el cual se autorice la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, por la suma de NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DIECISIETE CON 00/100 SOLES (S/ 944,017.00), destinados a fi nanciar la ejecución del Proyecto; Rati fi cada por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica mediante Ofi cio N° 000546-2025-GRLL- GGR-GRAJ. Que, mediante O fi cio N° 388-2025-GRLL-GGR, de fecha 15 de mayo del 2025, el Gerente General Regional, en mérito a la delegación de facultades otorgadas por el Señor Gobernador Regional mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1621-2015-GRLL-GOB; y, contando con el informe de viabilidad presupuestal, así como las opiniones técnicas y legal favorables, solicita al Pleno del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la propuesta de Acuerdo Regional sobre autorizar la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado; Que, en Sesión de Consejo Regional de fecha 23 de mayo del año en curso, la Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el Dictamen N° 0044-2025- GRLL- CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, para el fi nanciamiento del proyecto de inversión antes mencionado, previa sustentación técnica y legal por parte de las gerencias regionales del Gobierno Regional de La Libertad; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamentos Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional, ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de