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9 NORMAS LEGALES Lunes 17 de marzo de 2025 El Peruano / que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, por medio del Informe Legal Nº 00428- 2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica estima legalmente viable que se prosiga con el trámite de creación, mediante resolución ministerial, del Grupo de Trabajo multisectorial de carácter temporal, encargado de coordinar y ejecutar el proceso de formulación de la Política Nacional Fluvial Amazónica (PNFA); toda vez que la propuesta se encuentra fundamentada de acuerdo a lo requerido en el Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2021-SGP; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Política y Estrategia; de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del grupo de trabajo multisectorial de naturaleza temporal Créase el grupo de trabajo multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Defensa, denominado “grupo de trabajo multisectorial para formular la Política Nacional Fluvial Amazónica (PNFA)” , (en adelante, el grupo de trabajo). Artículo 2.- Objeto y función El grupo de trabajo tiene como función coordinar y ejecutar el proceso de formulación de la Política Nacional Fluvial Amazónica (PNFA). Artículo 3.- Conformación del grupo de trabajo 2.1 El grupo de trabajo multisectorial al que se re fi ere el artículo 1, está integrado de la siguiente manera: - Un (1) representante titular y alterno de la Dirección General de Política y Estratégica del Ministerio de Defensa, quien lo preside. - Un (1) representante titular y alterno de la Marina de Guerra del Perú, a través de la Dirección de Intereses Marítimos, quien ejerce la secretaria técnica. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio del Ambiente. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Cultura. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Educación. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Salud. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de la Producción. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio de Energía y Minas. - Un (1) representante titular y alterno del Ministerio del Interior.- UN (1) representante titular y alterno del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 3 designan a sus representantes o hacen de conocimiento la actualización de los mismos, según corresponda, mediante comunicación dirigida a la secretaría técnica del grupo de trabajo, en el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5 .- Instalación El grupo de trabajo se instala en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 6 .- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del grupo de trabajo es asumida por la Marina de Guerra del Perú, a través de la Dirección de Intereses Marítimos, la cual brinda el apoyo técnico y administrativo necesario para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Colaboración y participación de otras entidades El grupo de trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede convocar en calidad de invitados, a representantes de instituciones públicas o privadas que colaboren con el cumplimiento de su objeto. Artículo 8.- Vigencia El grupo de trabajo tiene una vigencia de veintiún (21) meses, contados desde su instalación. Artículo 9.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente resolución no demanda recursos adicionales al Tesoro Público. Los miembros del grupo de trabajo realizan sus actividades en adición a sus funciones sin irrogar gastos al presupuesto institucional. Artículo 10.- Publicación Disponer la difusión de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2380974-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Jefe de la Oficina General de Inversiones y Proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2025-EF/49 Lima, 15 de marzo del 2025CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe(a) de la Ofi cina General de Inversiones y Proyectos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción;