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3 NORMAS LEGALES Martes 18 de marzo de 2025 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Conforman representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 051-2025-PCM Lima, 17 de marzo de 2025 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, en adelante la Ley, tiene por objeto regular el ejercicio del derecho a la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Constitución Política del Perú y lo señalado en el Convenio 98 y en el Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley, son objeto de la negociación colectiva la determinación de todo tipo de condiciones de trabajo y empleo, que comprenden las remuneraciones y otras condiciones de trabajo con incidencia económica, así como todo aspecto relativo a las relaciones entre empleadores y trabajadores, y las relaciones entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores; Que, el artículo 5 de la Ley señala que la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales se desarrolla en niveles, siendo uno de ellos el nivel centralizado, en el que los acuerdos alcanzados tienen efectos para todos los trabajadores de las entidades públicas a que hace mención el artículo 2 de la misma norma; Que, el artículo 7 de la Ley identi fi ca como sujetos de la negociación colectiva centralizada en el sector público, por la parte sindical, a las confederaciones sindicales más representativas de los trabajadores del Estado a nivel nacional; y, por la parte empleadora, al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, el artículo 8 de la Ley precisa que, por la parte sindical se designa a veintiún (21) representantes, y por la parte empleadora, la Presidencia del Consejo de Ministros designa a veintiún (21) representantes; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, señala que la representación empleadora en la Comisión Negociadora en el nivel centralizado se encuentra conformada por veintiún (21) representantes designados por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, los cuales deben ser designados dentro del plazo de cinco (5) días calendario posteriores a la presentación del proyecto de Convenio Colectivo; el mismo que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley, se presenta ante la Presidencia del Consejo de Ministros entre el 1 de noviembre y el 30 de enero del siguiente año;Que, según lo dispuesto en el numeral 11.2 del artículo 11 de los citados Lineamientos, entre las personas designadas para integrar la representación empleadora se encuentran no menos de cuatro (4) representantes pertenecientes a cada una de las siguientes entidades: la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales preside la representación empleadora; y, el Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, el numeral 11.3 del mismo artículo precisa que la Presidencia del Consejo de Ministros completa la representación empleadora con la designación de representantes de otros sectores, organismos constitucionalmente autónomos, gobiernos regionales y/o gobiernos locales; considerando el contenido del proyecto de Convenio Colectivo que se presente; Que, mediante el Informe N° D000142-2025-PCM- OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que, dentro del plazo previsto en el literal a) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley, se han recibido cuatro (4) propuestas de convenios colectivos por parte de diferentes confederaciones sindicales para llevar a cabo, en el presente año, la negociación colectiva en el nivel centralizado; Que, en ese sentido, sin perjuicio de la determinación de la mayor representatividad de las confederaciones sindicales, por parte del Poder Ejecutivo, y de la determinación, por parte de las confederaciones sindicales, del proyecto de convenio colectivo a negociar; corresponde que la Presidencia del Consejo de Ministros designe a los veintiún (21) representantes de la representación empleadora, a efectos de llevar a cabo el procedimiento de negociación colectiva en el nivel centralizado a realizarse en el presente año; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; el Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2025; de la siguiente manera: Representantes titulares : 1. El Secretario Técnico del Proyecto Especial “Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por el Decreto Supremo N° 006-2012-EF”, de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien preside la representación empleadora. 2. El Jefe de la O fi cina General de Recursos Humanos de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante, quien actúa como Secretario Técnico de la Comisión Negociadora. 3. El Secretario de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante. 4. El Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante. 5. JEANETTE PATRICIA RUBIO MENDOZA, Consultora de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros. 6. MONICA PATRICIA OCHOA NAVARRO, Consultora del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros.PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA R.A. N° 049-2025/MPH.- Conforman el Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Provincial de Huaura 50Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE R.A. Nº 059-2025-MPL.- Designan funcionario responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad de Pueblo Libre