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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2025 (18/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 18 de marzo de 2025 El Peruano / Subsectorial de Irrigaciones (www.gob.pe/psi), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese.ORLANDO HERNAN CHIRINOS TRUJILLO Dirección Ejecutiva 2381383-1 Designan Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa – Ucayali del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 056-2025- MIDAGRI-INIA Lima, 17 de marzo de 2025 VISTO: El Informe Nº 0105-2025-MIDAGRI-INIA- GG/URH de la Unidad de Recursos Humanos y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa – Ucayali del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), siendo necesario designar al/la profesional que se desempeñará en dicho cargo; Que, mediante Informe Nº 0105-2025-MIDAGRI-INIA- GG/URH, de fecha 12 de marzo de 2025, la Unidad de Recursos Humanos en el marco de sus competencias, realiza la evaluación de la propuesta de designación al cargo de con fi anza de Director/a de la Estación Experimental Agraria Pucallpa – Ucayali del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, señalando la viabilidad del profesional propuesto para dicho cargo, el señor ERNESTO YACILA AGURTO, puesto que cumple con los requisitos previstos en el Manual del Clasi fi cador de Cargos del INIA, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 011-2025-INIA-GG, y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública; Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM y su modi fi catoria; Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones y facultades consideradas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, cuya Sección Primera y Segunda, fueron aprobadas por Decreto Supremo Nº 014-2024-MINAGRI y por Resolución Jefatural Nº 0234-2024-INIA, respectivamente, y su Texto Integrado, aprobado con Resolución Jefatural Nº 006-2025-INIA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, al señor ERNESTO YACILA AGURTO, en el cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Pucallpa – Ucayali del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2381210-1ECONOMÍA Y FINANZAS Notifican a los Titulares de las entidades del Sector Público la condición de omisa a la presentación de la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del ejercicio fiscal 2024 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0003-2025-EF/51.01 Lima, 17 de marzo de 2025CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los incisos 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico-normativa de dicho Sistema; emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público, así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes; Que, son objetivos de la Cuenta General de la República, conforme a lo señalado en el numeral 20.2 del citado artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, informar los resultados de la gestión pública en los aspectos fi nancieros, presupuestarios, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas; así como, presentar el análisis de los resultados de las Estadísticas de las Finanzas Públicas, el análisis cuantitativo de la actuación de las entidades del Sector Público, incluyendo los indicadores de gestión fi nanciera y presupuestaria, con la fi nalidad de proveer información para el planeamiento, la toma de decisiones, facilitar el control y la fi scalización de la gestión pública; Que, con fi nes de la elaboración de la Cuenta General de la República, corresponde a las entidades del Sector Público, sin excepción, la presentación de las rendiciones de cuentas que se efectúa en el plazo establecido en el numeral 23.2 del artículo 23 del citado Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, el cual no debe exceder el 15 de marzo siguiente al ejercicio fi scal materia de la rendición de cuentas; Que, de acuerdo a la veri fi cación efectuada por la Dirección de Gobierno Nacional y de Gobiernos Regionales, la Dirección de Gobiernos Locales, la Dirección de Empresas Públicas y comunicada por la Dirección de Análisis y Consolidación Contable, dependencias competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública, al 14 de marzo de 2025, son 101 (ciento uno) las entidades del Sector Público declaradas en situación de omisas a la presentación de la información fi nanciera e información presupuestaria para la elaboración de la Cuenta General de la República, correspondiente al ejercicio fi scal 2024; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3, numeral 8.1 del artículo 8 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, es obligación del Titular de la entidad del Sector Público, los jefes de las O fi cinas Generales de Administración, los jefes de las O fi cinas de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, suscribir y/o presentar las rendiciones de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República, siendo que su incumplimiento habilita a la Dirección General de Contabilidad Pública a noti fi car al Titular de la entidad del Sector Público o quien haga sus veces, la condición de omisa a la presentación de la rendición de cuentas, mediante la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Economía y