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16 NORMAS LEGALES Martes 18 de marzo de 2025 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 004-2025-PMSAJ-EJENOPENAL RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 12-2025- PMSAJ-EJENOPENAL Lima, 17 de marzo de 2025VISTO:El Informe N° 013-2025-EJENOPENAL-UAF de la Unidad de Administración y Finanzas, y el Informe N° 0021-2025-PMSAJEJENOPENAL-DE/AL de la Asesora Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 336-2019-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US $ 85,000,000.00 (Ochenta y Cinco Millones con 00/100 Dólares Americanos) destinados a fi nanciar parcialmente el Programa “Mejoramiento de los servicios de Justicia no Penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)”; Que, con fecha 27 de noviembre de 2019, la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento suscribieron el Contrato de Préstamo N° 8975-PE, Proyecto de Mejoramiento del Desempeño de los Servicios de Justicia No Penales” - Programa “Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)”, cuyo objetivo general mejorar la e fi ciencia, el acceso, la transparencia y la satisfacción del usuario en la entrega de los servicios de justicia no penales; Que, la ejecución del proyecto señalado en el contrato se realiza a través de las unidades ejecutoras del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (UEMINJUSDH) y del Poder Judicial (UE-PJ), según cada caso; Que, mediante Resolución Ministerial N° 062- 2023-JUS, de fecha 30 de enero de 2023, se aprobó la actualización del Manual de Operaciones del Programa “Mejoramiento de los servicios de justicia no penales a través de la implementación del expediente judicial electrónico (EJE)”. Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 004-2025-PMSAJ-EJENOPENAL de fecha 10 de enero de 2025, se delegaron facultades y atribuciones a la Unidad de Administración y Finanzas a cargo de la Sra. Aida Monica La Rosa Sanchez Bayes de Lopez, en materia de contrataciones con el Estado, normas y procedimientos del BIRF y en materia de programación multianual de bienes, servicios y obras. Que, mediante informe Nº 013-2025-EJENOPENAL- UAF la Unidad de Administración y Finanzas, solicita la ampliación de las facultades y atribuciones delegadas, con el fi n de optimizar los procesos administrativos del Programa y asegurar una gestión e fi ciente de los recursos destinados a las contrataciones de bienes y servicios. Que, la Unidad de Administración y Finanzas es responsable de planear, organizar, coordinar y controlar las labores administrativas del Programa, incluida la gestión de adquisiciones y recursos para cumplir con los objetivos y metas establecidos en el mismo. Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 0042019-JUS, señala que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación; Que, de conformidad con el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 y sus modi fi catorias, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar en el siguiente nivel de decisión, y mediante resolución la autoridad que la norma le otorga, excluyendo de estas materias, la declaración de nulidad de o fi cio y la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el Reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, las cuales se encuentran previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de TUO de Ley de Contrataciones, entre otros supuestos que la indicada norma establece; Que, asimismo, el numeral 24.2 del artículo 24 de la Directiva N° 0005-2021EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 , y modi fi catorias, señala, que el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA); a su vez, el numeral 27.3 del artículo 27 de la citada Directiva establece que las modi fi caciones al CMN son presentadas al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público (CAP) quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad; Que, en atención al marco normativo citado precedentemente, y a efectos de garantizar que el programa cumpla de manera oportuna y e fi caz las funciones establecidas en su norma de creación, mediante el Informe N° 130-2025-EJENOPENAL-UAF/ADQ, la Especialista en Adquisiciones propone la modi fi cación de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 004-2025-PMSAJ- EJENOPENAL en relación a las facultades y atribuciones delegadas a dicha unidad. Que, mediante Informe N° 021-2025-PMSAJEJENOPENAL-DE/AL, la Asesora Legal del programa sustenta legalmente la pertinencia de modi fi car la resolución antes detallada y ampliar la delegación de facultades y atribuciones a la Sra. Aida Monica La Rosa Sanchez Bayes de Lopez, Jefa Unidad de Administración y Finanzas, en materia de contrataciones del Estado y administrativa; cuya competencia corresponde a la Dirección Ejecutiva en su calidad de Titular de la Entidad; estableciéndose como plazo de vigencia el año fi scal 2025; Con el visto bueno de la Asesora Legal y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Directiva N° 0005-2021- EF/54.01 aprobada por Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01, y modi fi catorias y, Manual de Operaciones del Programa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi cación de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 004-2025-PMSAJ-EJENOPENAL Modi fi car los numerales 1.1, 1.2.; precisar la facultad delegada en el 1.2.1 del numeral 1.2 del artículo 1° de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 004-2025-PMSAJ-EJENOPENAL de fecha 10 de enero de 2025, y adicionar el numeral 1.3., cuyo texto, en adelante, queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración y Finanzas: 1.1. En materia de contrataciones con el Estado:(…)1.1.9. Aprobar el expediente de contratación y/o bases de contratación de los procedimientos de selección. 1.1.10. Aprobar el expediente de contratación de las contrataciones por acuerdo marco. 1.2. En materia de las normas y procedimientos del BIRF: 1.2.1. Suscribir y tramitar comunicaciones de carácter administrativo relacionadas a la ejecución de los contratos