Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (06/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 6 de octubre de 2025 El Peruano / VISTOS, el Informe N° D000026-2025-MIMP-OGA de la O fi cina General de Administración y la Nota N° D000292-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF establecen el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras; precisando en su literal b) del numeral 25.1 del artículo 25 que la autoridad de la gestión administrativa es la más alta autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante; y, en el caso de los ministerios, es la Secretaría General; Que, el numeral 25.2 de la Ley N° 32069 dispone que la autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que la presente ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP, la Secretaría General está a cargo de la/el Secretaria/o General, quien es la máxima autoridad administrativa del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; asimismo, el literal e) del artículo 15 del cuerpo normativo en mención establece como una de sus funciones, expedir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° D000040-2025-MIMP-SG se resuelve delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración diversas facultades en materia de contrataciones del Estado, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; Que, con fecha 12 de junio de 2025 se publica en el diario o fi cial El Peruano, la Resolución Directoral N° 0022-2025-EF/54.01 que aprueba la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, así como sus Anexos (en adelante, la Directiva), la misma que tiene por objeto: “(…) establecer disposiciones para que la Entidad del Sector Público programen sus necesidades de bienes, servicios y obras, por un periodo mínimo de tres años, con la fi nalidad de lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos” ; Que, el literal c) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Directiva, establece que la máxima autoridad administrativa es la más alta autoridad de la gestión administrativa de la Entidad del Sector Público, responsable de suscribir y aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) en las fases de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras (PMBSO) que correspondan; precisando que en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, se refi ere a la autoridad de la gestión administrativa, esto es, la Secretaría General; Que, el artículo 32 de la Directiva señala que luego de aprobado el CMN, durante la ejecución, este puede ser modi fi cado en cualquier momento del año fi scal en concordancia con los criterios establecidos en el artículo 5 de la Directiva, con la fi nalidad de realizar la inclusión y/o exclusión de necesidades; precisando además que las modi fi caciones al CMN son presentadas a la O fi cina de Abastecimiento, o la que haga sus veces, quien consolida y gestiona, de corresponder, su aprobación ante la máxima autoridad administrativa de la Entidad del Sector Público, o a quien se hubiera delegado tal facultad; Que, la Oficina General de Administración mediante Informe N° D000026-2025-MIMP-OGA, sustenta la necesidad de modificar el artículo 1 de la Resolución de Secretaría General N° D000040-2025-MIMP-SG, concerniente a la delegación de facultades y/o atribuciones en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fin de delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración, la facultad de aprobar las modificaciones del CMN, en el marco de la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, a fin de agilizar la atención oportuna de los diversos requerimientos formulados por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales; Con las visaciones de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP; y, en la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2025-EF/54.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de la Resolución de Secretaría General N° D000040-2025-MIMP-SG, incorporando el literal a.a) al artículo 1 Incorporar el literal a.a) al artículo 1 de la Resolución de Secretaría General N° D000040-2025-MIMP-SG, quedando redactado conforme a lo siguiente: “Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones al/la titular de la O fi cina General de Administración Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones: (…) a.a) Aprobar las modi fi caciones del Cuadro Multianual de Necesidades – CMN en el marco de la Directiva N° 0007-2025-EF/54.01: “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras” o la que haga sus veces”. Artículo 2.- Vigencia de la Resolución de Secretaría General N° D000040-2025-MIMP-SG Se precisa que los demás extremos de la Resolución de Secretaría General N° D000040-2025-MIMP-SG, mantienen su plena vigencia. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución de Secretaría General al/la funcionario/a a quien han sido delegadas las facultades y atribuciones mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALONSO LAZARTE MARIÑO Secretario General 2445342-1