Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (06/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Lunes 6 de octubre de 2025 El Peruano / a solicitar la elaboración de la Tasación de los inmuebles necesarios para la ejecución de sus proyectos de infraestructura, a Peritos u organismos especializados en el rubro, con reconocida y acreditada experiencia; Que, con Carta N° 063-2023-JLAI-IC de fecha 02 de octubre de 2023, el Perito Tasador contratado bajo los alcances de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1366, remite, entre otros, los informes técnicos de Tasación con códigos PM1G-AERTARAPOTO-PU-404 y PM1G-AERTARAPOTO-PU-385, los mismos que cuentan con la conformidad del Perito Supervisor otorgada mediante Informe Técnico N° 006-2023-HJR, en el cual se determina los valores de las Tasaciones correspondientes a las áreas afectadas del inmueble para la ejecución de la obra: Aeropuerto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín (en adelante, la Obra); Que, con Memorandos N°s. 2740 y 4018-2025- MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remite los Memorandos Nos. 3207 y 5548-2025-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios, los cuales encuentran conforme lo expresado en el Informe Técnico Legal Nº 00997-2025-DDP/CGAE e Informe Técnico Legal Complementario N° 02774-2025-DDP/CGAE; a través de los cuales se sustenta el procedimiento de Expropiación de las áreas afectadas del inmueble con códigos PM1G-AERTARAPOTO-PU-404 y PM1G-AERTARAPOTO-PU-385, concluyendo, que: i) se ha identi fi cado a los Sujetos Pasivos de la Expropiación conformados por los titulares registrales que consten en el registro respectivo y las partes del litigio a nivel judicial conforme a lo establecido en el numeral 6.4 del artículo 6 de la Ley, ii) se ha identi fi cado las áreas afectadas del inmueble inscritos en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, iii) se describe de manera precisa las áreas afectadas del inmueble para la ejecución la Obra, los linderos, y medidas perimétricas, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal, y iv) el presente procedimiento se enmarca en el supuesto establecido en el tercer y cuarto párrafo del numeral 6.1 y numeral 6.4 del artículo 6 de la Ley, existiendo una causal de impedimento para someterse al procedimiento establecido en el Título III de la Ley, por lo que se recomienda la expedición de la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la Expropiación de las áreas afectadas del inmueble y los valores de las Tasaciones; asimismo, adjunta los Informes Técnicos Nos. 013-2023-PEDP-ET-AERTARAPOTO y 012-2023-PEDP-ET-AERTARAPOTO y el Informe N° 00932-2025-DDP/CGAE suscritos por el especialista técnico de la Dirección de Disponibilidad de Predios; así como la disponibilidad presupuestal para la Expropiación de las áreas afectadas del inmueble, contenida en las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario, con las Notas Nos. 0000007245 y 0000007255 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; D e conformidad con lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la ejecución de la Expropiación de las áreas afectadas del bien inmueble y de los valores de las Tasaciones. Aprobar la ejecución de la Expropiación de las áreas afectadas del inmueble para la ejecución de la obra: Aeropuerto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes”, ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín y los valores de las Tasaciones de las mismas, ascendente a S/ 83 316,06 (OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 06/100 SOLES), correspondiente al código PM 1G-AERTARAPOTO- PU-404 y S/ 44 524,26 (CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 26/100 SOLES), correspondiente al código PM1G-AERTARAPOTO-PU-385, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación de los valores de las Tasaciones. Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, realice la consignación de los valores de las Tasaciones aprobados en el artículo precedente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.4 del artículo 6 de la Ley, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas del bien inmueble a favor del bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral. 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas afectadas del bien inmueble expropiado a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con los valores de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Dis poner que la Dirección de Disponibilidad de Predios, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas afectadas del bien inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble expropiado. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones