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67 NORMAS LEGALES Jueves 9 de octubre de 2025 El Peruano / la modi fi cación del ROF y a la existencia de mandatos judiciales, dispuestos por la autoridad jurisdiccional competente; Que, con Memorándum N° 3876-2025-GPP-MSS del 16 de Setiembre del 2025, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emitió su opinión técnica favorable, manifestando que de la revisión los cargos estructurales se encuentra alineado los cargos con los órganos y las unidades orgánicas, que se adjuntan en el Informe Técnico sustentatorio de la Subgerencia de Gestión del Talento Humano; Que, mediante Informe N° 702-2025-GAJ-MSS, de fecha 25 de Setiembre del 2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de la revisión de la propuesta considera que es viable legalmente ya que este guarda concordancia entre los cargos modi fi cados con las funciones establecidas en el ROF vigente; Que, estando a lo antes expuestos, con las consideraciones del Informe N° 326-2025-GAJ-MSS corresponde a la Gerencia Municipal como máxima autoridad administrativa del Gobierno Local, en el sistema de Gestión de Recursos Humanos, emitir pronunciamiento; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la actualización de cargos, contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP-P de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Resolución Gerencial N°410-2025-GM-MSS, de fecha 08 de mayo de 2025, conforme al documento de gestión que en los Anexos (Formatos 1; 2; 3 y 4) forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, publicar la presente Resolución y los Anexos (Formatos 1; 2; 3 y 4), en el Portal Institucional https://www.munisurco.gob.pe/ . Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, la implementación de lo resuelto en el Artículo Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILLIAM D. MARIN VICENTE Gerente Municipal 2445673-1 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Ordenanza que establece beneficios tributarios en el Centro Poblado Santa María de Huachipa ORDENANZA Nº 004-2025 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO:El Consejo Municipal del Centro Poblado Santa María de Huachipa, en sesión ordinaria del 30 de setiembre del 2025, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión de Administración Tributaria en su Dictamen Nº 003-2025-CAT/MCPSMH; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución; Ha dado la ordenanza siguiente:ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS, EN EL CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA Artículo 1.- OBJETIVO Aprobar el Régimen de “Bene fi cio Tributario” de tributos del Ejercicio Fiscal 2024 y anteriores, que consiste en descuento sobre el monto de Intereses Moratorios y Costas y Gastos de los Arbitrios Municipales a administrados de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa; aplicando bene fi cios tributarios respecto a las obligaciones de años anteriores, en cualquier estado de cobranza i) intereses moratorios, ii) costas y gastos de cobranzas coactiva, siempre y cuando no haya comunicación de las entidades bancarias. Artículo 2.- FINALIDAD Disminuir la morosidad de la cartera corriente, buscando la auto sostenibilidad de la economía e impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del Centro Poblado; bene fi ciando a los deudores que cumplan con los requisitos para acceder al bene fi cio tributario en Arbitrios Municipales. Artículo 3.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente, previa publicación según la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, hasta los 30 días después de su publicación en el diario o fi cial El Peruano, salvo prorroga del vencimiento. Artículo 4.- PERIODICIDAD DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana son de periodicidad mensual y se cancelan bimestralmente. Artículo 5.- CALENDARIOS DE PAGOS Las fechas del vencimiento son las siguientes: Arbitrios Municipales : BIMESTRE ARBITRIOS VENCIMIENTO 1ºENEREO - FEBRERO28 DE FEBRERO DEL 2025 2º MARZO - ABRIL30 DE ABRIL DEL 2025 3º MAYO – JUNIO30 DE JUNIO DEL 2025 4º JULIO – AGOSTO31 DE AGOSTO DEL 2025 5ºSETIEMBRE – OCTUBRE31 DE OCTUBRE 2025 6ºNOVIEMBRE – DICIEMBRE 31 DE DICIEMBRE Artículo 6º.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Se aplicará los bene fi cios tributarios respecto a las obligaciones del año 2024 y años anteriores, en cualquier estado de cobranza de los i) intereses moratorios y ii) costas y gastos de cobranza coactiva siempre y cuando no tenga comunicación de las entidades bancarias. PERSONA NATURAL PERIODODESCUENTO EN INTERESES MORATORIOSDESCUENTO EN COSTAS Y GASTOS 2020 Y ANTERIORES100 % (Condonación total)100 % (Condonación total) 2021 80% 80% 2022 70% 70% 2023 60% 60% 2024 50% 50%