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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (09/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 9 de octubre de 2025 El Peruano / Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y SERVICIO EXCLUSIVO DERECHO DE TRAMITACIÓN (S/) 202 Reimpresión de declaración jurada (HR O PU) Por primera hojaPor hoja adicional2.60 0.20 SUBGERENCIA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES (PROCEDIMIENTOS ADMINSTRATIVOS) 203 Registro de canes Gratuito 204 Autorización para la tenencia de un can potencialmente peligroso 25.00 SUBGERENCIA DE TRANSPORTE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL (PROCEDIMIENTO ADMINSTRATIVO) 205 Autorización de operación a personas jurídicas para prestar el servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehíc ulos menores 142.20 SUBGERENCIA DE TRANSPORTE, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL (SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD) 206 Duplicado de certificado de permiso de operaciones 46.90 Artículo Tercero.- Exigibilidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenidos en el TUPA. Disponer que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los rati fi que y de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Adecuación de los procedimientos administrativos estandarizados. Precisar que los procedimientos administrativos vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas. Asimismo, los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, se encuentran adecuados al Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones de competencia de los gobiernos locales. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16º del Texto Único Ordenando de la Ley Nº 28976, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zoni fi cación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Finalmente, a través del Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM, se aprobaron los procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edi fi cación, siendo ciento cuarenta y nueve (149) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edi fi cación, a cargo de las municipalidades. Artículo Quinto.- Adecuación al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM. Precisar que el procedimiento administrativo “Acceso a la Información Pública Creada u Obtenida por la Entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control” se encuentra adecuado a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, que aprueba el procedimiento administrativo estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, en lo referido a los requisitos, plazos, derechos de tramitación y demás aspectos.Artículo Sexto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090. Los procedimientos vinculados a autorizaciones y licencias para la realización de habilitaciones urbanas y edi fi caciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones - Ley Nº 29090, y modi fi catorias, así como el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA. Artículo Séptimo.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29022. Precisar que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para instalación de infraestructura de telecomunicaciones se encuentran adecuados a la Ley Nº 29022, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, y modi fi catorias. En cumplimiento de las formalidades previstas en las citadas normas, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario O fi cial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones. Artículo Octavo.- Disponibilidad de la Información La presente Ordenanza, el Anexo TUPA y el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria - SAT (www.sat.gob.pe). Artículo Noveno.- Publicidad La presente Ordenanza y el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario Ofi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia (www.muniindependencia.gob.pe). Artículo Décimo.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que y de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes. Artículo Décimo Primero.- DEROGAR la ORDENANZA Nº D000497-2025-AL-MDI y toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.