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10 NORMAS LEGALES Sábado 18 de octubre de 2025 El Peruano / Delegan facultades y atribuciones en materia de publicidad estatal al Secretario de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2025-PCM Lima, 17 de octubre de 2025 CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. El Presidente del Consejo de Ministros es el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 19 de la Ley Nº 29158, corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado, dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el literal g) del numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, señala que es función del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su condición de Ministro de Estado, delegar en el Secretario General o en el Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros o en otros funcionarios o servidores, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 192 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que, desde la fecha de convocatoria de las elecciones, se suspende la realización de publicidad estatal en cualquier medio de comunicación público o privado, salvo el caso de impostergable necesidad o utilidad pública, dando cuenta semanalmente de los avisos publicados al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial, según corresponda; Que, respecto al procedimiento de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE, establece que, para el otorgamiento de la autorización, el titular del pliego correspondiente o a quien este faculte debe presentar al Jurado Electoral Especial, el Formato de solicitud de autorización previa de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral (Anexo 1), que forma parte del citado reglamento; Que, respecto al procedimiento de reporte posterior de la publicidad estatal difundida a través de medios distintos a la radio o la televisión, el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE, establece que el titular del pliego o a quien este faculte presenta al Jurado Electoral Especial, el Formato de reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral (Anexo 2), que forma parte de dicho reglamento; Que, en dicho contexto, la O fi cina General de Administración remite el Informe Nº D000045-2025-PCM- OGA, en el cual se propone y sustenta la necesidad de delegar facultades y atribuciones, en materia de publicidad estatal, asignadas al titular del pliego, en el marco de lo dispuesto en los numerales 23.1 y 24.1 de los artículos 23 y 24, respectivamente, del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE; Que, con la fi nalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa de la entidad, que permita cumplir con las funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, así como con la programación de las metas institucionales correspondientes al Año Fiscal 2025, resulta necesario delegar las señaladas facultades y atribuciones en materia de publicidad estatal, asignada al titular del pliego, durante el presente ejercicio presupuestal; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Administración, de la Secretaría de Comunicación Social y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones al Secretario de la Secretaría de Comunicación Social, en materia de publicidad estatal Delegar en el Secretario de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, las siguientes facultades y atribuciones, en materia de publicidad estatal: a) Presentar ante la autoridad electoral competente, el Formato de solicitud de autorización previa de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral (Anexo 1) y el Formato de reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral (Anexo 2), conforme a lo previsto en el numeral 23.1 del artículo 23 y el numeral 24.1 del artículo 24, respectivamente, del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE. Artículo 2.- Plazo de la delegación La delegación autorizada mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial tiene vigencia durante el Año Fiscal 2025. Artículo 3.- Obligación de dar cuenta El Secretario de la Secretaría de Comunicación Social informa al Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, mensualmente, las acciones que ejecute, en el marco de la presente delegación de facultades. Artículo 4.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Ofi cina General de Administración y a la Secretaría de Comunicación Social, para los fi nes correspondientes. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO ALVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros 2449577-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el “Mapa de Procesos Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo” RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 0058-2025- MINCETUR/SG Lima, 16 de octubre de 2025 VISTOS, el Informe Nº 0011-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OM de la O fi cina de Modernización; los Memorándums Nº 115 y 256-2025-MINCETUR/