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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / Res. N° 2850-2025-MP-FN.- Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao 97 Res. N° 2851-2025-MP-FN.- Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao 97 Res. N° 2852-2025-MP-FN.- Nombran fiscal adjunto provincial provisional del 3° Despacho Provincial de la Primera Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro 98 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS Acuerdo N° 057-2025-MPCH.- Autorizan viaje del Alcalde para participar en evento a realizarse en México 98 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCO Ordenanza N° 018-2025-MPHCO.- Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado de la provincia y departamento de Huánuco 2025-2035 99 SEPARATA ESPECIAL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley N° 32441.- Ley que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Acuerdo N° 328.- Aprueban viaje y viáticos de Procuradora Pública Municipal Adjunta, para participar en la Audiencia sobre la moción 60(b) ante la Corte de Distrito de los Estados Unidos para el distrito de Columbia en el procedimiento iniciado por la Municipalidad Metropolitana de Lima vs. Rutas de Lima S.A.C. MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA R.A. N° 115-2025-MDJM-AL.- Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), de la Municipalidad MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO R.A. N° 012-2025-ALC/MDSB.- Delegan y desconcentran atribuciones administrativas en diversos funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Bartolo PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan incorporación de recursos al presupuesto institucional del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el año fiscal 2025, para financiar transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de Amazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2025- MINCETUR Lima, 15 de setiembre de 2025 VISTOS, el Informe N° 0089-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorándum N° 172-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, por Resolución Ministerial Nº 379-2024- MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que constituyen modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional los Créditos Suplementarios que corresponden a incrementos en los créditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas, en adelante la Ley N° 32394, autoriza, excepcionalmente en el año fi scal 2025, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para realizar transferencias fi nancieras a favor de diversos gobiernos regionales y diversos gobiernos locales, previa suscripción de convenio, hasta por el monto de S/ 37 786 660,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional creado por la Ley 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, para el fi nanciamiento de lo establecido en los anexos 1 y 2 de la citada ley; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32394, autoriza de manera excepcional, para el año fi scal 2025, la incorporación de los recursos provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por la Ley 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, entre otros, para el fi nanciamiento de lo dispuesto en el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 32394; Que, asimismo el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 32394, señala que la incorporación de recursos establecida en el numeral 7.1 se aprueba mediante resolución del titular, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Ley Nº 27889, Ley que Crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, se crea el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo turístico nacional, cuya administración deberá guardar consistencia con el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; asimismo se crea el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, para los fi nes indicados en los artículo 1 y 3 de la citada Ley;