NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 8
8 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / Loreto, suscribieron el Convenio N° 0010-2025-MIDAGRI- DM, con la fi nalidad de llevar a cabo el procedimiento de saneamiento y formalización de la propiedad agraria, que incluye el territorio de comunidades nativas, conforme a la Función Especí fi ca asignada a los Gobiernos Regionales, de conformidad con el inciso n) del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias; al respecto, de acuerdo a la cláusula Sétima del indicado convenio, las actividades a ejecutarse se fi nancian con cargo a los recursos del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, conforme a la normatividad vigente del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en el marco del proceso de saneamiento físico legal de la propiedad agraria; Que, mediante O fi cio N° 837-2025-GRL-GGR, el Gobierno Regional de Loreto, solicita la suscripción de un Convenio Especí fi co, para el fi nanciamiento de la implementación de los compromisos asumidos en el Consejo de Estado Regional VII, respecto a las actividades de titulación de territorios de comunidades nativas en el departamento de Loreto; Que, al respecto, el MIDAGRI y el Gobierno Regional de Loreto suscriben un Convenio Especí fi co, con el objeto de establecer las condiciones administrativas, fi nancieras y de operatividad, que permitan efectuar una transferencia de partidas a favor del referido Gobierno Regional, con cargo a los recursos del MIDAGRI previstos en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 4 000 000,00 (Cuatro Millones y 00/100 Soles) destinados exclusivamente al fi nanciamiento de las acciones vinculadas a la titulación de comunidades nativas en el ámbito del departamento de Loreto; Que, en ese sentido, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido el Memorando N° 2108-2025-MIDAGRI-SG/OGPP que adjunta el Informe N° 0670-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto con el que propone autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura – Administración Central, hasta por la suma total de S/ 4 000 000,00 (Cuatro Millones de Soles y 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento: 4. Donaciones y Transferencias, a favor del Gobierno Regional Loreto, para el fi nanciamiento de actividades de “Titulación de la propiedad agraria, comunidades campesinas y comunidades nativas”, conforme a lo establecido en el numeral 3 de la Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32394; Con las visaciones de l De spacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.-Transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Loreto Se autoriza una transferencia fi nanciera del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura – Administración Central, hasta por la suma total de S/ 4 000 000,00 (Cuatro Millones y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Loreto, según el detalle del Anexo N° 1, denominado “Transferencia Financiera en el marco de la Ley N° 32394”, para fi nanciar la intervención detallada en el Anexo N° 2, denominado “Financiamiento de Intervención a nivel de actividades en el Gobierno Regional de Loreto”, de conformidad con el numeral 3 de la Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del presente Año Fiscal 2025, del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001-155 Ministerio de Agricultura - Administración Central, Categoría Presupuestal 9002 Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad: 5001254 Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades. Artículo 3.- Limitaciones al uso de recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Noti fi cación Se dispone la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial al Gobierno Regional de Loreto, para las acciones administrativas y fi nancieras que correspondan. Artículo 5.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos N° 1 y N° 2 en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/ midagri) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES