Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (14/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 14 de agosto de 2026 El Peruano / General de Transporte y Tránsito Terrestre; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Inclusión del Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre Aprobar la inclusión del Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el literal d) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MTC; y, en el numeral VII.2.1 de la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, aprobada por Resolución Ministerial N° 1067-2020-MTC/01.02. Artículo 2.- Aprobar el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre para el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura Aprobar el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, el cual comienza al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- A fi liación de los administrados que van a iniciar procedimientos administrativos y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura Los administrados previamente a iniciar un procedimiento administrativo y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, deben a fi liarse al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020- MTC, y en el sub numeral VI.5 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial N° 1067-2020-MTC/01.02. Artículo 4.- A fi liación de los administrados con procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en trámite ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura Los administrados con procedimientos administrativos en trámite y/o servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, deben a fi liarse al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el inicio de operaciones del mencionado Sistema. Este plazo no suspende el cómputo de los plazos del procedimiento administrativo. En tanto la casilla electrónica no haya sido otorgada, la autoridad competente de la referida entidad, noti fi ca sus actos, actuaciones o comunicaciones conforme al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, y una vez otorgada la casilla electrónica, las noti fi caciones en los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en el ámbito de su competencia, se realizan únicamente mediante el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura. Artículo 5.- A fi liación de los administrados supervisados, fi scalizados o con procedimientos administrativos sancionadores en trámite ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura A partir del inicio de operaciones establecido en el artículo 2 de la presente Resolución Directoral, los administrados, independientemente del título habilitante que posean o no, comprendidos en actividades de supervisión y de fi scalización y procedimientos administrativos sancionadores bajo el ámbito de competencia del Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, deben a fi liarse obligatoriamente al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, conforme a lo establecido en el subnumeral VI.1.8 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial N° 1067-2020-MTC/01.02. En tanto la casilla electrónica no haya sido otorgada, la autoridad competente de la mencionada entidad, noti fi ca sus actos, actuaciones o comunicaciones conforme al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, y una vez otorgada la casilla electrónica, las noti fi caciones se realizan únicamente mediante el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura. Artículo 6.- Proceso de a fi liación a solicitud de parte en la modalidad presencial y virtual ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura El otorgamiento de la casilla electrónica, bajo la modalidad presencial, ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, se realiza conforme a los requisitos dispuestos en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MTC y a lo establecido en el subnumeral VI.5.1.1 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial N° 1067-2020-MTC/01.02, según corresponda. Asimismo, el otorgamiento de la casilla electrónica, bajo la modalidad virtual, ante el Servicio de Administración Tributaria de Piura - SATP de la Municipalidad Provincial de Piura, se realiza conforme a los requisitos dispuestos en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MTC y a lo establecido en el subnumeral VI.5.1.2 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial N° 1067-2020-MTC/01.02; para lo cual, debe tenerse en cuenta lo siguiente: a) En el caso de personas naturales, el administrado valida su identidad con el DNIe o Clave SOL. En caso no se cuente con dichos elementos, para la validación de la identidad del administrado y la creación del usuario y clave, se solicitan datos aleatorios, tales como, los nombres del administrado, el primer apellido, el segundo apellido, ubigeo, estado civil, entre otros. b) En el caso de personas jurídicas, la identidad del administrado se valida exclusivamente con la Clave SOL otorgada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. Lo dispuesto en el presente artículo es aplicable para las a fi liaciones a las que se hace referencia en los