Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (27/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 27 de octubre de 2026 El Peruano / sede digital de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN (www.gob.pe/sutran). Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO OVIDIO ÁVILA CALLAO Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN JODIE OLINDA LUDEÑA DELGADO Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 2568495-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Autorizan transferencia financiera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, con las que se celebraron convenios para la fiscalización del servicio público de transporte terrestre de personas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 249-2026-ATU/PE Lima, 26 de octubre de 2026VISTOS:El Informe N° D-001246-2026-ATU/DFS-SS de la Subdirección de Sanción; el Memorando N° D-002714-2026-ATU/DFS de la Dirección de Fiscalización y Sanción; el Informe N° D-000008-2026-ATU/GG-OA-UT-VMMC y la Nota N° D-001123-2026-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería; el Memorando N° D-001747-2026-ATU/GG-OA de la O fi cina de Administración; el Informe N° D-000266- 2026-ATU/GG-OPP-UP de la Unidad de Presupuesto; la Nota N° D-000321-2026-ATU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° D-000685-2026-ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal ñ) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del sector público para el año fi scal 2026, autoriza a la ATU, de manera excepcional, a realizar las transferencias fi nancieras a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, a fi n de dar cumplimiento a los compromisos pactados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la citada Ley establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad y que, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, modi fi cada por Resolución Directoral N°0001-2025-EF/50.01, Resolución Directoral N° 0004-2026-EF/50.01 y Resolución Directoral N° 0010-2026-EF/50.01, señala que, para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes y, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital; Que, mediante Memorando N° D-002714-2026-ATU/ DFS, la Dirección de Fiscalización y Sanción, remite a la Ofi cina de Administración el Informe N° D-001246-2026- ATU/DFS-SS elaborado por la Subdirección de Sanción, en el que se determina el monto que corresponde transferir a las municipalidades distritales de la provincia de Lima con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, mediante Memorando N° D-001747-2026-ATU/ GG-OA, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto la Nota N° D-001123-2026- ATU7GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería y el Informe N° D-000008-2026-ATU/GG-OA-UT-VMMC del área de Ingresos, a fi n de solicitar su opinión favorable sobre la autorización de transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, por la suma de S/ 254 994.63 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 63/100 SOLES), correspondiente a la octava liquidación del año fi scal 2026, en el marco del literal ñ) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; Que, con Informe N° D-000266-2026-ATU/GG-OPP- UP, el cual cuenta con la conformidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a la Nota N° D-000321-2026-ATU/GG-OPP, la Unidad de Presupuesto emite opinión técnica en materia presupuestal a fi n de continuar con el trámite de la transferencia fi nanciera propuesta por el monto indicado en el considerando precedente, correspondiente a la Octava Liquidación - 2026, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, con el propósito de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Con el visado de la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE, recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE, y la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, modi fi cada con Resolución Directoral N°0001-2025- EF/50.01, Resolución Directoral N° 0004-2026-EF/50.01 y Resolución Directoral N°0010-2026-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de las Municipalidades Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU hasta por la suma de S/ 254 994.63 (Doscientos Cincuenta Y Cuatro Mil Novecientos Noventa Y Cuatro Con 63/100 Soles), correspondiente a la Octava Liquidación - 2026, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima, con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas,