Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 1998 (13/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 640~ su reglamento aprobado por Decreto Supremo W 0595MTC, Ley N" 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N"070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TIJPA) aprobado por Decreto Supremo N" 01.9-97-MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes LINEA ROGGERO S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, en la ruta: Chiclayo-Tawpoto y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : CHICLAYO - TARAPOTO y viceversa : CHICLAYO : TARAPOTO : CHACHAPOYAS-MOYOBAMBA : CHACHAPOYAS-MOYOBAMBA : Dos (2) semanales : Tres (3) omnibus

I,ima. MORDAZA 13 de diciembre de 1998

CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" le1 Reglamento del Servicio Publico de Transporte TeTestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Dmnibus aprobado por Decreto SupremoN"05-95-MTC yen el Texto Unico de Procedimientos Administrativos : aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e [nternacional en Memorandum N" 3562-98-MTCl 15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 1404-98MTCY15.18.01; De conformidadconlo dispuesto ene1 Decreto LegislativoN"64OysureglamentoaprobadoporDecretoSupremo N" 05-95MTC, Ley N" 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 070-89-PCM, Texto Unico le Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-MTC y Decreto Ley N 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes LINEA ROGGERO S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, enlaruta: Lima-Tumbesyviceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : MORDAZA - TUMBES y viceversa : MORDAZA : TUMBES : TRUJILLO-CHICLAYO-PIURA : TRUJILLO-CHICLAYO-PIURA : Dos (2) semanales : Dos (2) omnibus

l

: Dos (2) omnibus: UI- (1990) y UI- (1991) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UI- (1990) : Salida de Chictayo: 17.00 horas (lunes y viernes) Salida de Tarapoto: 06.00 horas (miercoles y sabados)

HORARIOS

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.-La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 0595-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.-La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lev. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 14583 RESOLUCION DIRECTORAL IV' 1463-9%MTC115.18 MORDAZA, 9 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro N" 02888010 organizado por la Empresa de Transportes LINEA ROGGERO S.A., sobre Concesion de Ruta: Lima-Tumbes y viceversa e Informe N" 1194-98-MTC05.18.04.1 atr de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.

FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UI- (1990) FLOTA DE RESERVA: Un (1) omnibus: UI- (1990) HORARIOS : Salida de Lima:19.00 horas (lunes y viernes) Saliia de Tumbes: 19.00 horas (n&ix&s y *dos)

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.-La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decret,o Supremo N" 05-95MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.-La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N O5-95MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 14581

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