Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 1998 (13/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

de las instituciones tutelares en la busqueda de la regulacion integral del status social de los mismos encaminada hacia el logro de la unidad familiar dentro del MORDAZA de la normatividad legal vigente; Que. la actual Administracian Municipal, dentro de dicho contexto se encuentra totalmente identificada, propiciando entre otros eventos, la realizacion de matrimonios masivos, cuyo objeto basico es la legitimidad de la union de hecho y su secuela en favor de la integracion de las familias; Que, bajo esa tonica es preciso promover un Matrimonio Masivo dentro de la jurisdiccion distrital de La MORDAZA, brindando a su comunidad las facilidades inherentes a dicho acto, cumpliendo tambien con los presupuestos exigidos en el Codigo Civil vigente; Que, estando a lo expuesto yen uso de las facultades conferidas en el Art. 47" y demas pertinentes de la Ley Organica de Municlpalidades N" 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del Matrimonio Masivo dentro de la jurisdiccion distrital de La MORDAZA, a efectuarse el dia sabado 19 de diciembre de 1998. Articulo Segundo.- Disponer la dispensa de la obligacion de los interesados para la publicacion de los Edictos, quedando obligados al cumplimiento de los demas requisitos exigidos en el Art. 248" y demas pertinentes del Codigo Civil. Articulo Tercero.- Establecer como unico pago la suma de S/. 60.00 (SESENTA Y OO/100 NUEVOS SOLES), por concepto de derechos a la expedicion del pliego matrimonial y del Certificado Prenupcial Masivo, desagregados asi: - Certificado de Salud de la MORDAZA W. 20.00 - Apertura de Pliego Matrimonial si. 40.00 Articulo Cuarto.- Encargar a la Division de Registros Civiles y Demuna, la organizacion de los respectivos expedientes matrimoniales en concordancia con la Oficina de Imagen Institucional, la publicacion por una sola vez de la relacion de los contrayentes que participaran en dicho Matrimonio Masivo. Articulo Quinto.- La Direccion Municipal y la Oficina de Administracion, se encargaran de prestar el apoyo administrativo, financiero y logistico que se requiera para el cumplimiento del citado evento. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA T. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14578

VISTO: El Acta W 10 de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que la Auditoria Interna ha elevado al Despacho de Alcaldia la Accion de Control Programada N" OOl-98MDSJM/OAI, EXAMEN ESPECIAL A LOS PAGOS POR LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE PERIODOS ANTERIORES, en cuyas conclusiones y recomendaciones se formulan cargos contra funcionarios y ex funcionarios de esta Municipalidad por la comision de faltas disciplinarias; Que se imputa negligencia contra el ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el actual Director de Desarrollo IJrbano, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no haber gestionado oportunamente y haber tenido en su poder los Documentos Cancelatorios - Tesoro Publico, los mismos que no fueron entregados a las empresas El Alamein EIRL, Asesoria Buszaco SRL. y al Constructor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, ocasionando perjuicio economico a la municipalidad por un monto de S/. 92,652.16, al haberseles cancelado posteriormente en efectivo el Impuesto General a las Ventas a las citadas empresas; Que asimismo se imputa al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento Tecnico de la Direccion de Desarrollo Urbano! al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Umdad de Logistica; y al propio ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, haber suscrito el acta de recepcion de las obras efectuadas por el Ing. MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, no obstante que en el cuaderno de obras figuraban observaciones que no fueron levantadas; Que en la misma accion de control se imputa a la Arq. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Directora de Desarrollo MORDAZA, haber autorizado, sin estar debidamente llenada con los datos correspondientes, la Factura N" 021 de la Empresa El Alamein EIRL, permitiendo de ese modo que la empresa aproveche para efectuar el cobro correspondiente considerando una fecha posterior y no real a la factura girada; Que finalmente se imputa al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Auditoria Interna, haber asesorado en forma indebida a los organos responsables respecto a la procedencia de los pagos del Impuesto General a las Ventas anotados y a la devolucion del Fondo de Garantia a las empresas El Alamein EIRL, Asesoria Buszaco SRL y al Constructor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, contraviniendo con ello al NAGU 1.20 "Independencia"; Que las imputaciones referidas en los considerandos precedentes constituyen faltas administrativas que por su gravedad ameritan la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario, conforme lo ha recomendado la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante el acta de visto; Que las faltas anotadas se encuentran tipificadas en el Articulo 28" incisos a), d) y f1 del Decreto Legislativo N" 276, en concordancia con el Articulo 21" incisos a), b) y d) del mismo Decreto Legislativo; En uso de las facultades conferidas por la Ley N" 23853, Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Abrir MORDAZA administrativo disciplinario a los siguientes funcionarios y ex funcionarios de esta Municipalidad: - A don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad; - A don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Logistica y actual Jefe de la Unidad de Personal; - A don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Desarrollo Urbano;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a funcionarios y exfuncionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA
w 003973

San MORDAZA de Miraflores, 26 de noviembre de 1998 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES

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