Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 1998 (11/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

[ Ministerio de Educacih 1 TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTIRATIVOS - MORDAZA Unidad Organica : OFICINA DE ASESORIA JURIDICA

-FDE ORD. DENOMINACIO~L PROCEDIMIENTO REQUISITO 3 , DERECHO DE PAGO

r
APROBACION AUTOMATICO

CALIFICACION
EVALUACION
POSITIVO NEGATIVO NO

RECULADO

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSOS IMPUGNATJVO X

26 Solicrtud s e g u n f o r m a t o d e l a Oficina, dirigida oi Ministro, suscrita por el representante legal de la institucion. F o r m u l a r l o d e importaciones Liberadas Decreto Legirlah N@ 882°, debidamente llenado Carta de Donacion (original) visada por el Consulado del Peru en el extranjero y por la Direccion de Legislacion del Ministerio de R e l a c i o n e s Exteriores, la c u a l debera contener la siguiente informacion: Identificacion d e l a p e r s o n a natural y/o juridica que realiza la donacion Lugar de origen. Descripcion detallada de los bienes. peso a p r o x i m a d o y v a l o r Cantidad, (Solo estimado monetarlo para donaciones del exterior) MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion en el -Registro de Donaciones' expedido por la S e c r e t a r l a Ejecutiva d e Cooperacion Tecnica Internacional del Ministerio de l a Presidencia, (En caso de la Iglesia Catolica no es necesario e8te requisito). de Embarque, MORDAZA del Conocimiento Guia Aerea, Terrestre y/o Postal MORDAZA de la Factura Comercial en caso que los bienes donados MORDAZA nuevos, o l a mencion de Ir entidad donante del valor referencial estimado de la donacion. MORDAZA simple de la Resolucion Ministerial de reconocimiento, en caso de asociaciones no lucrativas con fines educativos MORDAZA simple de la Resolucion de funcionamiento, en caso de Centros Institutos de Educacion Educativos. S u p e r i o r y U n i v e r s i d a d e s Publicas y Privadas Cuando se trata de donacion de material bibliografico. Presentar un (01) ejemplar. Declaracion jurada de la entidad beneficiaria de la donacion, de especificar el destino y uso final da los bienes donados, asi como brindar todas las facilidades al Ministerio de que realice la Educacion a e f e c t o s verificacion respectiva cuando asi l o requiera.

IPROBACION Y A C E P T A C I O N D DONACION D E E BIENES DESTlNADAS A L SECTOR EDUCACION, ENTIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES, SIN FINES DE LUCRO

GRATUITO

DOCUMENTARlO

GENERAL (Cuando los bienes donados se encuentren incluidos en el Anexo ll del D.S. N° 046-97-EF)

MINISTRO Apelacion

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA (Cuando los bienes donados se encuentren incluidos en el Anexo III del D.S. N° 046-97-ED, modificado por D.S. N° 003-98-EF)

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Apelacion

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