Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 1998 (08/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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I.ima. jucvcs 8 de octubre dc 199X

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a Procurador asumir la defensa del RENIEC e inicie MORDAZA judicial a presuntos responsables de delitos contra la funcion, administracion y fe publica
RESOLUCION
CONSIDERANDO: Que, conforme los Articulos 177" y 183" de la Constitucion Politica del Estado, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es la institucion encargada de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organo MORDAZA de derecho publico interno, con competencia exclusiva y excluyente en materia registral, regido por la Constitucion Politica del Estadoy su Ley Organica, MORDAZA esta MORDAZA que no solo establece su organizacion y funciones, sino que regla preceptos constitucionales, por lo que no puede ser inobservado por los miembros de su estructura organica ni por ninguno de sus servidores bajo responsabilidad; Que, por Resolucion Jefatura1 N" 023-96 el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil delego en las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Delegadas y de Centro Poblado Menor, Agencias Municipales, Comunidades Nativas, Guarniciones de Frontera y Misiones Religiosas autorizadas a inscribir las funciones establecidas en losincisosa), b),c),e),i),l),m), ni. olyq), del Articulo MORDAZA Ley PI" 26497: Que, el Ministerio Publico a traves del Fiscal de Familia ha interpuesto demanda por presunta contravencion a los derechos del nombre, contra la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en esa Municipalidad Provincial; Que, estando a la naturaleza del petitorio, el mismo que versa sobre la inscripcion de hechos relativos al estado civil de las personas, regulado por el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, corresponde autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales de la entidad, para que en su nombre y representacion se apersone por legitimo interes institucional a la instancia, en atencion a la competencia constitucional en materia registra1 del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N" 17537 y la Ley N" 26497; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre Y representacion de los intereses de la entidad seapersone ala acci& seguida ante el MORDAZA Juez de Familia de MORDAZA en los seeuidos nor el Fiscal de Familia contra la Municipalidad Provinclakde Piula y la Jefa de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la referida Municipalidad Provincial, Expediente N" 9%0477-20-2001-JF-02, en defensa de los intereses y derechos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2".- Remitase los antecedentes al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatura]. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11614 RESOLUCION JEFATURAL W 10198-RENIEC MORDAZA, 28 de setiembre de 1998 Visto el Informe N" 0089X-GAJ/RENIEC. emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de setiembre de 1998. CONSIDERANDO: Que, en virtud de ladocumentacion suatentatoria del informe del visto se desprende que personas no identificadas han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor ublico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones fa Psas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paredes; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe miblica. en las modalidades de falsedad ideolopica v generica, prkwisto y'sancionado en los Articulos 416", 428" i438" del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos:

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