Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 1999 (28/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 1999

cargo de Director Ejecutivo del Programa Regional de Riego y Drenaje del CTAR PUNO; por las faltas incurridas tipificadas en los incisos a), d) y f) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar. Articulo Cuarto.- La Subgerencia de Recursos Humanos del CTAR MORDAZA inscribira la presente Resolucion Ejecutiva Presidencial en el Registro Institucional de Personal Sancionado, en concordancia con el Articulo 160º del D.S. Nº 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Resolucion Jefatural Nº 00195-INAP/DNA. Registrese, comuniquese y archivese. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Transitorio Administracion Regional MORDAZA 10991

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Conceden amnistia tributaria y administrativa a favor de contribuyentes e infractores de normas municipales
ORDENANZA Nº 010-MSI San MORDAZA, 20 de agosto de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN ISIDRO; POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO: En Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, vista la propuesta formulada por el senor MORDAZA de San MORDAZA, a otorgarse amnistia tributaria y administrativa a los contribuyentes del distrito de San MORDAZA, fundamentada en los Informes de la Oficina de Rentas y de la Oficina de Asesoria Juridica, contando a su vez con los Dictamenes favorables de las Comisiones de Regidores de Asuntos Legales y la de Economia; Que, de conformidad a lo prescrito en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 74º de la Carta Magna y Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853 faculta a los gobiernos locales a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con lo limites que senala la Ley; Que, es de publico conocimiento el problema de recesion que atraviesa el MORDAZA originando que los organismos de recaudacion fiscal dicten medidas paliativas para aliviar la situacion economica de los contribuyentes; Que, de acuerdo a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar y Articulo 41º del Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden condonar con caracter general, el interes moratorio y sanciones que le corresponde administrar; Que, dada la prioridad de contar con los recursos necesarios presupuestados para el ejercicio fiscal 1999 que permita brindar adecuadamente los servicios municipales dentro de la comunidad Sanisidrina; Que, atendiendo al pedido de numerosos vecinos, y el elevado indice de morosidad existente en la fecha, que evidencia el MORDAZA de recesion ya acotado, nos obliga otorgar por EXCEPCION las facilidades pertinentes con la finalidad de que los contribuyentes que no hayan cumplido con sus obligaciones tributarias del presente ejercicio como de anos anteriores, puedan regularizar esta situacion; Que, es politica de la Municipalidad de San MORDAZA acoger las inquietudes vecinales que se trasmiten directamente o por las diversas juntas vecinales y brindar a la comunidad las maximas facilidades para el cumplimiento de las diversas obligaciones; Que, el Proyecto de Ordenanza ha merecido Dictamen aprobatorio de fecha 19 de agosto de 1999 de las Comisiones de Asuntos Legales y Economia; Estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Amplian plazo para acogerse a amnistia tributaria y administrativa establecida mediante la Ordenanza Nº 061-99-MM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 16-99-DAM Miraflores, 23 de agosto de 1999 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Miraflores mediante Ordenanza Nº 061-99-MM de fecha 21 de MORDAZA de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de MORDAZA de 1999, concedio Amnistia Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de Miraflores; Que, el Articulo Primero de la citada Ordenanza faculta al senor MORDAZA para que, por Decreto de Alcaldia, pueda prorrogarse las fechas establecidas en dicha norma; Que, es politica de la actual gestion edilicia realizar acciones orientadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrativas de sus vecinos y contribuyentes; Que, en tal sentido, se ha visto pertinente prorrogar el plazo para que un mayor numero de vecinos y contribuyentes puedan acceder a la Amnistia Tributaria y Administrativa otorgada mediante la Ordenanza Nº 06199-MM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de setiembre de 1999, el plazo para acogerse a la Amnistia Tributaria y Administrativa que establece la Ordenanza Nº 061-99-MM. Articulo Segundo.- Elevase al Concejo un proyecto de Ordenanza que precisa y amplia los alcances de la Ordenanza Nº 061-99-MM, para su estudio y evaluacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA 11067

SOBRE AMNISTIA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Articulo Primero.- Concedase una Condonacion (Amnistia) Tributaria y Administrativa a los deudores tribu-

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