Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 1999 (28/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 28 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 11095

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 11098

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importacion realizada por universidad
RESOLUCION SUPREMA Nº 401-99-EF MORDAZA, 26 de agosto de 1999 Visto el Expediente Nº 14056-99 presentado por la Universidad de MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad de MORDAZA de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, segun la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria 8443.90.00.00 Descripcion Partes de maquinas y aparatos para imprimir y sus maquinas auxiliares

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de distribucion electrica a favor de LUZ DEL SUR S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 415-99-EM/VME MORDAZA, 2 de agosto de 1999 Visto, el Expediente Nº 32085698 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1210120 y 1240902, presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de distribucion electrica Nºs. 8303, 8552 y 8651, ubicadas en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 031-94EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de distribucion electrica Nºs. 8303, 8552 y 8651; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y el Decreto Supremo Nº 019-99-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95PCM, ha emitido el informe favorable Nº 175-99-EM/ DGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 019-99-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de distribucion electrica Nºs. 8303, 8552 y 8651, ubicadas en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 26 y 27 de junio de 1999.

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad de MORDAZA segun Expediente Nº 14056-99, y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas.

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