Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 1999 (10/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 1999

Ratifican ordenanzas de la Municipalidad de La MORDAZA referidas a contribucion especial por obras publicas en el Damero de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 249 MORDAZA, 6 de diciembre de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, la solicitud formulada mediante Oficio Nº 242-99-SG/MDLV de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, para la ratificacion de las Ordenanzas Nº 027-MDLV y su Modificatoria Nº 031-MDLV que crean la Contribucion Especial por Obras Publicas en el Damero de Gamarra; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 000166-1999-SAT/04 y Oficio Nº 00679-99-SAT/ MML de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 103-99-MML/CEPP y lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar las Ordenanzas Nºs. 027-MDLV de 22 de MORDAZA de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto del ano en curso, y su modificatoria Nº 031-MDLV de 9 de setiembre de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 del mismo mes, que crean la Contribucion Especial por Obras Publicas en el Damero de Gamarra. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15383

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 020-99-MDSM Por Oficio S/N la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 020-99-MDSM publicada en nuestra edicion del dia 4 de diciembre de 1999, en la pagina 180960. DICE: Articulo 5º.- Incorporese al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas - RAS, la siguiente infraccion: a) Multa equivalente al 10% de la UIT vigente al momento de la aplicacion de la sancion, al propietario del establecimiento que incumpla la presente Ordenanza. DEBE DECIR: Articulo 5º.- Incorporese al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas - RAS, la siguiente infraccion: Multa equivalente al 10% de la UIT vigente al momento de la aplicacion de la sancion, al propietario del establecimiento que incumpla la presente Ordenanza, signandose a la infraccion con el codigo 218. 15370

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