Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 1999 (10/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de diciembre de 1999

2.- El viaje del doctor MORDAZA de Trazegnies Granda, se MORDAZA efectivo del 9 al 10 de diciembre de 1999. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 1,597.62, viaticos US$ 600.00, y pago del impuesto por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15399

CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA del Ministerio de Agricultura es el organismo encargado de promover el aprovechamiento sostenible y la conservacion de los recursos naturales; Que en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, se ha venido sobreexplotando de manera indiscriminada e ilegal maderas de las especies caoba (Swietenia macroprylla) y cedro (Cedrela odorata), lo que ha puesto en situacion vulnerable a dichas especies; Que la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobada por el Decreto Ley Nº 21147, preve el establecimiento de vedas, asi como otras medidas para la conservacion y manejo de los recursos forestales; y, Que asimismo, se ha dictado el Decreto Supremo Nº 039-99-AG, el cual es necesario precisar; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Encarguese al Ministerio de Agricultura a traves del Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA, con la activa participacion de las instituciones del sector publico y privado vinculadas al sector forestal, la promocion de la transformacion, uso integral y sostenible de los recursos forestales, orientado a contribuir al desarrollo socio economico de la region. Articulo 2º.- Declarese en MORDAZA a partir del 1 de enero del ano 2000, la extraccion de las especies forestales: caoba (Swietenia macroprylla) y cedro (Cedrela odorata) en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, en tanto se determine mediante el estudio correspondiente, la magnitud del riesgo en que se encuentran dichas especies. Articulo 3º.- Prohibase la movilizacion de maderas de las especies caoba y cedro en estado de trozas o MORDAZA aserrada, fuera del departamento de MORDAZA de MORDAZA, excepto aquellos con transformacion industrial secundaria. Articulo 4º.- Encarguese al Ministerio de Agricultura, para que a propuesta del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, apruebe las cuotas maximas por especies para la extraccion forestal maderable a nivel nacional a ser autorizados en cada contrato, a partir del ano 2000. Articulo 5º.- Modifiquese, a partir del 1 de enero del 2000, el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 039-99-AG, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 3º.- El INRENA efectuara la supervision de los contratos y permisos forestales, asi como de otras actividades relativas al aprovechamiento de los recursos naturales a nivel nacional". Articulo 6º.- Encarguese al Ministerio de Agricultura para que mediante Resolucion Ministerial dicte las normas complementarias para la correcta aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Derogase todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 8º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 15395

Encargan la Cartera de Relaciones Exteriores al Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 663-99-PCM MORDAZA, 9 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor MORDAZA de Trazegnies Granda, se ausentara del MORDAZA los dias 9 y 10 de diciembre de 1999 a fin de asistir a las ceremonias de Transmision de Mando Presidencial en la Republica Argentina; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores en las fechas mencionadas; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al ingeniero MORDAZA Pandolfi Arbulu, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a partir del 9 de diciembre de 1999 y mientras dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15400

AGRICULTURA
Declaran en MORDAZA extraccion de especies forestales caoba y cedro en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, a partir del ano 2000
DECRETO SUPREMO Nº 047-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Declaran nulos contratos de extraccion forestal para maderas otorgados por la Direccion de la Agencia Agraria Tahuamanu, en areas no autorizadas por la R.M. Nº 301-98-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0951-99-AG MORDAZA, 6 de diciembre de 1999

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