Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 1999 (10/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 10 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

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A) RETIROS I. PARA LAS URBANIZACIONES: La Planicie, Club Campestre Las Lagunas (I, II y III Etapa), La Planicie MORDAZA este, Club Campestre La MORDAZA, El MORDAZA La MORDAZA (I, II y III Etapa) Rinconada Baja, La Estancia, La MORDAZA, Los Portales, La MORDAZA Vieja I Etapa, Rinconada de Ate, Los Huertos de La MORDAZA, La Portada de La Planicie, Alameda de La Planicie ( Parcela B ), El MORDAZA de La Planicie (Parcelas A, C, D y E), La Quebrada de La Rinconada, El Haras, MORDAZA MORDAZA, Rinconada Alta, MORDAZA, MORDAZA Real, Rinconada del Lago (I Etapa), Asociacion de Vivienda Viento MORDAZA, Las Lagunas de La MORDAZA, Ladera de Rinconada Planicie de MORDAZA Grande; y otros lotes con areas mayores a 1,000 m2. Zonificacion R1-S y R-1. a) Retiro Frontal: Cinco metros lineales (5.00 m.l.) para calles y avenidas (siempre que este en concordancia con el Plan Vial de MORDAZA Metropolitana). b) Retiro Lateral: Se debe respetar un retiro lateral minimo de 2.00 m.l. a cada lado, salvo en los casos en los que se contemple el doble de retiro frontal en una dimension igual al retiro lateral y el contacto con el limite lateral estimado no exceda al 30% de la longitud del lindero correspondiente. En los casos que el proyecto sea conforme a la condicion de excepcion expuesta, (no mantenga los retiros laterales en el primer piso), estaran obligados a respetar los retiros minimos establecidos en el 2do. Piso. c) Retiro Posterior: Cinco metros lineales (5.00 m.l.), para lotes de 1,000.00 m2., o mas y tres metros lineales (3.00 m.l.), para lotes de area inferior a 1,000.00 m2. II. PARA LAS URBANIZACIONES: Residencial Monterrico, Residencial Monterrico Ampliacion Sur, El Remanso de La MORDAZA (I y II Etapa), La MORDAZA Vieja (II Etapa), La Fontana, Residencial Ingenieros, MORDAZA MORDAZA, La Riviera de Monterrico (I Etapa), Las Acacias, Sirius ( I, II y III Etapa), Rinconada del Lago (II Etapa), Ampliacion Residencial Monterrico, Los Cactus, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, El MORDAZA de Monterrico, MORDAZA MORDAZA, El Corregidor, La Estancia Oeste, Habilitacion Lote C, Habilitacion Lotes A y B, Proyecto La Fontana, El Sol. Zonificacion R-1 y R-2. a) Retiro Frontal: Cinco metros lineales (5.00 m.l.), para avenidas y tres metros lineales (3.00 m.l.), para calles; en el caso de que las urbanizaciones tengan retiro Municipal entre la vereda y limite de propiedad de lote, el retiro sera tal que sumado el retiro Municipal, totalice 3.00 m.l., o 5.00 m.l., segun sea MORDAZA o avenida (siempre que esten en concordancia con el Plan Vial de MORDAZA Metropolitana). b) Retiros Laterales y Posteriores: No se exigira retiros laterales ni posteriores. III. PARA LAS URBANIZACIONES: MORDAZA MORDAZA ( I, II y III Etapa), La Ensenada (ex Vinas de La Molina), Las MORDAZA de La MORDAZA Vieja, La Capilla, Covima, MORDAZA Canepa, Far West Villas, MORDAZA MORDAZA, La Riviera de Monterrico (II Etapa), Portada MORDAZA AEMG (I, II y III Etapa), Cooperativa de Vivienda MORDAZA Boner, San MORDAZA ( I y II Etapa), Las Praderas, San MORDAZA, El Cascajal, Cabo GRP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Los Arbolitos-Jardines, Los Robres, Los Sauces, ROARDI, APROVISA, Estacion Experimental MORDAZA La MORDAZA Este, Constructores LTDA. de los Trabajadores de la Superintendencia de Banca y Seguros, El Paraiso, La MORDAZA Real, MUSA (I, II, III, IV, y V Etapa), Falderias del Cerro San Fancisco, Portada MORDAZA (APVHA), Las Laderas de La MORDAZA

(Manuel MORDAZA Jimenez) y otras habilitaciones con lotes de areas menos de 300.00 m2. a) Retiro Frontal: Tres metros lineales (3.00 m.l.) tanto para calles como para avenidas; en el caso de que la urbanizacion tenga retiro Municipal (Jardin de Aislamiento), el retiro sera tal que sumado a este, de los 3.00 m.l. exigidos. En el caso de lotes en esquina en urbanizaciones, que no tengan retiro Municipal (Jardin de Aislamiento), el retiro frontal sera igualmente de 3.00 m.l., tanto para calles como para avenidas. En el caso de lotes en esquina en urbanizaciones que tengan retiro Municipal, no se exigira retiro sobre el frente de mayor longitud. b) Retiros Laterales y Posteriores No se exigiran retiros laterales ni posteriores. B) CERCOS: a) Podran ser solidos y construirse en el limite de propiedad con una altura MORDAZA de 3 m.l. b) En lo posible el cerco debera estar recubierto de plantas para darle apariencia de cerco vivo. c) Los cercos exteriores y laterales podran ser opacos en todos los casos y no excedera una altura de 3.00 m. d) Los lotes en esquina con cercos en los limites de propiedad dejaran un ochava de 3.00 x 3.00 m. C) NORMAS GENERALES: a) En las Zonas Comerciales resultantes de un MORDAZA de Cambio de Zonificacion, se permitira la modificacion de la seccion de la Via, con el fin de habilitar estacionamiento a 45°, obligandose al recurrente a construir nueva vereda de acuerdo a las respectivas normas constructivas. b) Para el caso de las urbanizaciones cuyos lotes en esquina tengan un frente minimo de 8.00 m.l. solo se exigira el retiro en el frente principal. Articulo Segundo.- Las sanciones aplicables en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente dispositivo, seran las previstas en el Decreto de Alcaldia Nº 03-99. Articulo Tercero.- El presente dispositivo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, hasta la aprobacion del Plano Oficial de Retiros para el distrito de La Molina. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 12863

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban ordenanza sobre numeracion y nomenclatura de puertas exteriores de unidades catastrales o predios
ORDENANZA Nº 030-99/CDLO Los MORDAZA, 4 de octubre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA

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