Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2000 (20/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2000

Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesion otorgada a GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V. mediante Resolucion Ministerial Nº 397-99-MTC/15.03 para la prestacion del servicio telefonico en la modalidad de telefonos publicos y la asignacion de espectro aprobada mediante Resolucion Viceministerial Nº 34699-MTC/15.03 a favor de su subsidiaria GLOBAL VILLAGE TELECOM DEL PERU S.A. Articulo 2º.- Reconocer a GLOBAL VILLAGE TELECOM DEL PERU S.A. como titular de la concesion y asignacion de espectro otorgada por Resolucion Ministerial Nº 397-99-MTC/15.03, cuya persona juridica asumira de pleno derecho las obligaciones derivadas del referido contrato de concesion a la suscripcion de la addenda que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba la addenda al contrato de concesion para la prestacion del servicio telefonico en la modalidad de telefonos publicos conforme a los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 4521

PCM
FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 163-2000-PCM Mediante Oficio s/n la Presidencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 163-2000-PCM, publicada en nuestra edicion del dia 15 de MORDAZA de 2000, pagina 185655. En el Articulo 3º de la parte resolutiva DICE: ... la cual estara constituida por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA Luzula DEBE DECIR: ... la cual estara constituida por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA Luzula, quien la presidira

Que para acreditar las causales de vacancia invocadas en contra del regidor Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha acompanado: a) certificado expedido por el gobernador y el juez de paz del distrito de Tumay MORDAZA, de fecha 13 de marzo del 2000, que senala que el senor Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA abandono el cargo de MORDAZA MORDAZA desde hace un ano, y que desde esa fecha no radica en la localidad, documento que corre a fojas 7; b) copias de las actas de las sesiones de fechas 3, 10 y 24 de MORDAZA, 16, 18 y 25 de junio de 1999, en las que no ha estado presente el regidor vacado, corrientes de fojas 12 a 17; y, c) copias de constancias de citacion a las sesiones de fechas 26 y 30 de noviembre, 6 y 15 de diciembre de 1999, corrientes de fojas 8 a 11; Que las actas de las sesiones senaladas en el parrafo anterior, si bien acreditan la ausencia del regidor Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA a dichas sesiones, no acreditan la inasistencia de dicho regidor a las sesiones que motivaron la declaratoria de vacancia de su cargo; y, las citaciones presentadas, correspondientes a la convocatoria de sesiones durante los meses de noviembre y diciembre de 1999, son documentos irrelevantes, que no tienen relacion con el acuerdo de concejo que declara la vacancia del regidor mencionado, por tratarse de hechos posteriores a dicho acto; Que al no haberse acreditado que se MORDAZA puesto en conocimiento del regidor vacado el acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo, utilizando cualquier medio de notificacion permitido por el Codigo Procesal Civil, se ha vulnerado el derecho de defensa y de contradiccion que le asiste; Que cuando se trate de miembros de concejos municipales cuyo paradero o domicilio se ignore, procedera la notificacion por edicto al interesado, de conformidad con los procedimientos establecidos en los Articulos 165º, 167º y 168º del Codigo Procesal Civil; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo el acuerdo tomado por el concejo distrital de Tumay MORDAZA en la sesion de fecha 24 de MORDAZA de 1999, que declara la vacancia del cargo de regidor del senor Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no cumplir dicha declaratoria de vacancia con el procedimiento prescrito por la ley; y, en consecuencia, improcedente la solicitud de convocatoria del candidato correspondiente presentada por el MORDAZA del concejo distrital de Tumay Huaraca. Articulo Segundo.- Declarar que el senor Edy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, elegido para el periodo municipal 1999-2002, continua en el cargo de regidor del concejo distrital de Tumay MORDAZA, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 4515

4519

JNE
Declaran que regidores de los concejos distritales de Tumay MORDAZA, Vilquechico y Pueblo MORDAZA, continuan en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 554-2000-JNE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 003-MDTUA-2000 y el Oficio Nº 023-MDPTUA2000, recibidos, respectivamente, el 1 de febrero y el 6 de MORDAZA del 2000, del senor MORDAZA Sivipaucar MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Tumay MORDAZA, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, quien comunica la vacancia del cargo de regidor del senor Edi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarada bajo las causales de vacancia de ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin autorizacion del concejo y de ausencia injustificada a sesiones de concejo, establecidas en el Articulo 26º, incisos 2) y 5), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; solicitando se convoque al candidato correspondiente en reemplazo del regidor vacado; CONSIDERANDO: Que de la MORDAZA del acta de la sesion de fecha 24 de MORDAZA de 1999, corriente a fojas 14, el concejo distrital de Tumay MORDAZA, con el MORDAZA de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor del senor Edi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no asistir dicho regidor a las sesiones de concejo desde el mes de marzo de 1999;

RESOLUCION Nº 555-2000-JNE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2000 VISTO: El escrito de fecha 23 de marzo del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Vilquechico, provincia de Huancane, departamento de MORDAZA, informando la declaratoria de vacancia de los cargos de regidores del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senorita MORDAZA MORDAZA Condori. Asimismo el recurso de revision de fecha 24 de marzo del 2000 interpuesto por los regidores mencionados; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, por las causales previstas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la acotada; Que, a fojas 16 a 18 obra copias certificadas del acta de sesion de concejo de fecha 20 de febrero del 2000, que declara la vacancia de los cargos de regidores del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Acuerdo Nº 010-2000-MDV que obra a fojas 21 y 22, bajo acusacion de haber incurrido en la causal prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es decir inasistencia injustificada a 3 sesiones de concejo; Que, a fojas 25 a 29, con fecha 24 de marzo del 2000, los regidores vacados interponen recurso de revision, solicitando se declare la nulidad del acuerdo que declara la vacancia de sus cargos, en razon que no fueron notificados en forma debida para la concurrencia a las sesiones respectivas; Que, para acreditar el presupuesto de la MORDAZA senalada, el referido concejo ha presentado los siguientes medios probatorios: a) A fojas 1 a 7 copias de las citaciones realizadas para las sesiones de concejo; b) a fojas 8 a 18, copias autenticadas de actas de las sesiones, a las que inasistieron los regidores vacados; c) a fojas 19 a 20 informe

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