Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2000 (12/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de junio de 2000

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones e intervenir en MORDAZA judicial seguido contra el ex MORDAZA de la municipalidad distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 095-2000-CG MORDAZA, 8 de junio de 2000 Vistos, el Informe Especial Legal Nº 004-C&A/99, emitido por la Sociedad de Auditoria MORDAZA & Asociados S.C., resultante del Examen Especial a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna, efectuado por encargo de la Contraloria General de la Republica a fin de verificar las denuncias presentadas a traves del Area de Participacion Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 036-99CG de 8.ABR.99 y a traves de la Designacion Directa Nº 004-99-CG/CT, Grupo Nº 03, se designo a la Sociedad de Auditoria MORDAZA & Asociados S.C. para que realice un Examen Especial sobre Verificacion de Denuncias en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, que comprende los periodos 1993 - 1995 y 1996 - 1998; Que, a traves del Oficio Nº 147-99-CG/APC de 7.MAY.99, recepcionado el 18.MAY.99 en la Mesa de Partes de la mencionada Municipalidad, se acredito a la citada Sociedad de Auditoria para dar inicio y cumplir con el Examen Especial dispuesto por la Contraloria General de la Republica, habiendo efectuado la firma auditora el requerimiento de informacion en forma reiterativa; Que, mediante Actas de 21.MAY.99 y de 7.JUN.99, se ha constatado la continua ausencia del MORDAZA, senor Dony MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien de acuerdo a lo manifestado por el MORDAZA MORDAZA ha tomado conocimiento de los requerimientos de informacion, sin dejar ninguna directiva ni instruccion sobre la entrega de dicha informacion, no habiendo delegado funciones, ni existir acuerdo de Concejo para que el MORDAZA se pueda ausentar; Que, mediante Acta de 21.JUN.99 el senor Dony MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la citada Municipalidad, manifiesta que esta dispuesto a brindar la documentacion que la sociedad auditora requiera, sin embargo dicha documentacion no ha sido entregada Que, segun Acta de 10.ENE.2000, el senor Dony MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad, se compromete a presentar a la Contraloria General de la Republica el 14.ENE.2000, todos los cargos que sustentan que toda la documentacion contable se encuentra en poder del Ministerio Publico - Fiscalia de Castrovirreyna, lo cual no ha sido cumplido hasta la fecha ante el Organismo Superior de Control; Que, del contenido del Acta de Verificacion de 10.ENE.2000, suscrita por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Contador de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna, se ha determinado que la documentacion contable de la referida municipalidad ha estado disponible para auditarse desde NOV.98 a AGO.99 y de OCT.99 a DIC.99; Que, los hechos anteriormente expuestos, demuestran la inconducta funcional del senor Dony MORDAZA

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la precitada municipalidad por los periodos 1993 - 1995 y 1996 - 1998, por su reiterada negativa ante los requerimientos efectuados por la Contraloria General de la Republica, a traves de la Sociedad de Auditoria MORDAZA & Asociados S.C., contenidos en el Oficio Nº 147-99-CG/APC de 7.MAY.99, requerimientos de la firma auditora de 18 y 19.MAY.99, Actas de 21.MAY.99 y de 7.JUN.99 y Carta C.Nº 390-99/ C&A de 27.DIC.99; Que, de acuerdo al Oficio Nº 1350-98-EF/76.5 de 9.DIC.98 de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna ha recibido transferencias del Tesoro Publico por el importe de S/. 516,507.74 (Quinientos dieciseis mil, quinientos siete y 74/100 Nuevos Soles), durante los periodos 1993 - 1995 y 1996 - 1998; Que, el inciso a) del Articulo 19º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, establece como atribucion de la Contraloria General de la Republica, tener acceso en cualquier momento y sin limitacion a los registros, documentos, e informacion de las entidades, aun cuando MORDAZA secretos; Que, en los hechos anteriormente expuestos se ha determinado la presunta responsabilidad penal del senor Dony MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna, por la comision del delito de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision, Rehusamiento y Demora de Actos Funcionales, previsto en el Articulo 377º del Codigo Penal; Que, en el Juzgado Mixto de Castrovirreyna, existe el Expediente Nº 99-46-140901JX, donde se encuentra contenida la Denuncia Penal Nº 45-99FPMC-MP de 20.OCT.99 de la Fiscalia Provincial Mixta de Castrovirreyna, por la Comision de Delito de Peculado - Malversacion de Fondos, en agravio de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna; de lo cual se ha determinado que esta pendiente de efectuarse la verificacion dispuesta por la Contraloria General de la Republica de siete (7) hechos denunciados ante el Area de Participacion Ciudadana, que no se ha podido efectuar por el proceder del senor Dony MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Castrovirreyna; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, el inciso h) del Articulo 24º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado interponga las acciones legales por los hechos expuestos, contra el presunto responsable comprendido en el Informe de Vistos, remitiendole para el efecto los antecedentes correspondientes. Articulo Segundo.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone al MORDAZA penal mencionado en el Decimo Primer Considerando, asumiendo la defensa de los intereses publicos, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 6621

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