Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2000 (26/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Nota:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 26 de setiembre de 2000

Existen definiciones que deben ser observadas del DS 013-98MTC Pub. el 12.6.1998 y las Notas Explicativas del S.A., de las que recogemos las siguientes precisiones importantes: Peso MORDAZA Vehicular: Simple MORDAZA del vehiculo mas la capacidad de carga Peso MORDAZA Vehicular Combinado Peso MORDAZA vehicular de la combinacion camion mas remolque, y/o tracto camion mas semiremolque o camion mas remolque balanceado Vehiculo Combinado Combinacion de dos o mas vehiculos siendo el primero un vehiculo automotor y los demas remolcados MORDAZA del vehiculo (peso seco) Peso del vehiculo, en orden de marcha, excluyendo la carga. Peso en orden de marcha (segun dictan las NNEE del SA, p. 1549, 1er. parrafo) - conforme a especificaciones del fabricante Es el peso total con carga maxima. Este peso incluye el peso del vehiculo, el peso de la carga MORDAZA prevista, el peso del conductor y el peso del carburante con el deposito lleno 10998

Asociaciones de Consumidores" y el "Documento de Trabajo Nº 002STCPC/200" conteniendo la exposicion de motivos de ambos proyectos, aprobados por la Comision de Proteccion al Consumidor del Indecopi. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIZZORNI Presidente del Directorio 11007

SAFP
Autorizan a AFP Integra cambio de direccion de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 062-2000/CT-SAFP-SBS MORDAZA, 19 de setiembre de 2000 VISTOS: La Resolucion Nº 248-95-EF/SAFP de fecha 95.6.6, la comunicacion de AFP Integra de fecha 2000.8.29, recibida en esta Superintendencia en la misma fecha con registro Nº 077034 y el Memorandum Nº 300-2000/SAFP.3 de la Gerencia de Control de Inversiones, Instituciones y Prestaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 248-95-EF/SAFP del 95.6.6, se autorizo a AFP Integra el establecimiento de una agencia en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs. 485-495, esquina Paseo de la Republica Nºs. 3090-3096, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante la comunicacion de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de direccion de la agencia a que se refiere el considerando anterior a un MORDAZA local ubicado en la avenida Canaval y Moreyra Nº 540, en el mismo distrito; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentacion establecida por el Articulo 15º del Titulo III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Gestion Empresarial, aprobado por Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP; Que, mediante Ley Nº 27328 se ha incorporado a las AFP bajo el control y supervision de la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, el Articulo 2º de la Resolucion SBS Nº 500-2000 ha facultado a la Comision de Transferencia SAFP-SBS a asumir todas las funciones que corresponden al Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Nº 26702, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97EF, la Ley Nº 27328, la Resolucion SBS Nº 500-2000, la Resolucion SBS Nº 552-2000, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF y la Resolucion Nº 053-98EF/SAFP; y por acuerdo de la Comision de Transferencia SAFP-SBS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a AFP Integra, el cambio de direccion de su agencia ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs. 485-495, esquina Paseo de la Republica Nºs. 3090-3096, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por la siguiente, ubicada en el mismo distrito: - Avenida Canaval y Moreyra Nº 540 San MORDAZA Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo Nº IN021, que fuera emitido al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion Nº 248-95-EF/SAFP. Articulo 3º.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº IN-030, con la nueva direccion referida en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo 4º.- AFP Integra, a efecto del cambio de direccion que se autoriza por la presente resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo 15º del Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, referido a Gestion Empresarial, aprobado por Resolucion Nº 053-98-EF/ SAFP. Articulo 5º.- La presente resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA QUIROGA Presidenta de la Comision de Transferencia SAFP-SBS 10905

INDECOPI
Disponen publicacion de diversos documentos en la pagina web del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 090-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 22 de setiembre del 2000 VISTOS: El "Reglamento para el Registro de Auditores de Sistemas de Gestion de la Calidad y Sistemas de Gestion Ambiental" aprobado por la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del Indecopi; El "Lineamiento sobre Informacion Confidencial" aprobado por la Comision de Libre Competencia del Indecopi; El "Lineamiento sobre Licencias de Aperturas de Establecimientos y Licencias Especiales" aprobado por la Comision de Acceso al MORDAZA del Indecopi; y, El "Proyecto de Reglamento Nº 001-STCPC/200 sobre Legitimidad para Obrar de las Asociaciones de Consumidores", el "Proyecto de Directiva Nº 001-STCPC/200 sobre Convenios de Cooperacion con Asociaciones de Consumidores" y el "Documento de Trabajo Nº 002-STCPC/200" conteniendo la exposicion de motivos de ambos proyectos, aprobados por la Comision de Proteccion al Consumidor del Indecopi; CONSIDERANDO: Que es politica del Indecopi realizar consultas publicas, consciente de la necesidad de contar con la participacion activa de los usuarios de los instrumentos que proponga, toda vez que sin su perspectiva y experiencia los instrumentos que finalmente se aprueben podrian resultar incompletos e inadecuados a sus objetivos mas trascendentes; Que dentro de ese contexto, el Directorio del Indecopi ha estimado conveniente poner a consideracion de la ciudadania en general los mencionados instrumentos, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios en base a los cuales pudieran perfeccionarse dichos textos; Estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de fecha 22 de setiembre del 2000; En uso de las facultades que confiere el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion de los documentos que a continuacion se detallan en la Pagina Web del Indecopi (http://www.indecopi.gob.pe) con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadania en general hasta el dia 11 de octubre del ano en curso: "Reglamento para el Registro de Auditores de Sistemas de Gestion de la Calidad y Sistemas de Gestion Ambiental" aprobado por la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del Indecopi; "Lineamiento sobre Informacion Confidencial" aprobado por la Comision de Libre Competencia del Indecopi; "Lineamiento sobre Licencias de Aperturas de Establecimientos y Licencias Especiales" aprobado por la Comision de Acceso al MORDAZA del Indecopi; y, "Proyecto de Reglamento Nº 001-STCPC/200 sobre Legitimidad para Obrar de las Asociaciones de Consumidores", el "Proyecto de Directiva Nº 001-STCPC/200 sobre Convenios de Cooperacion con

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