Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2001 (01/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2001

por el Decreto de Alcaldia Nº 10-99-DASS, modificado por el Decreto de Alcaldia Nº 02-2000- MSS. Articulo Tercero.- MORDAZA DE APLAZAMIENTO Como un beneficio adicional se otorgara, a quienes fraccionen en el MORDAZA de la presente Ordenanza, hasta dos (2) Bonos de Aplazamiento sin interes de fraccionamiento, que serviran para que el contribuyente pueda diferir, por un mes cada uno, los sucesivos vencimientos de las cuotas que conforman el saldo del fraccionamiento. Los bonos seran aplicables uno en cada ejercicio fiscal. Para que surtan efecto se deberan cumplir los siguientes requisitos: 1. Ser presentados MORDAZA del termino del plazo de vencimiento de la cuota a la que seran aplicados, y 2. Encontrarse al dia en el pago de todas las cuotas vencidas del convenio de fraccionamiento. Articulo Cuarto.- REQUISITOS Seran exigibles a efecto del acogimiento a la presente MORDAZA los requisitos senalados en el Reglamento de Fraccionamiento aprobado por el Decreto de Alcaldia Nº 10-99-DASS, modificado por el Decreto de Alcaldia Nº 022000-MSS, siempre que no se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. Seran adicionalmente requisitos para la presente MORDAZA, que: 1. Se MORDAZA cancelado el primer trimestre de los tributos municipales (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) del ano 2001. 2. En los meses de vencimiento de las obligaciones tributarias, se cumpla obligatoriamente con el pago de las mismas, por lo que los meses de pago de las cuotas de fraccionamiento seran los meses de MORDAZA, junio, MORDAZA, septiembre, octubre y diciembre del ano 2001 y enero, marzo, MORDAZA, junio, MORDAZA, septiembre, octubre y diciembre del ano 2002 y enero y marzo del ano 2003. 3. Se acojan a la MORDAZA por el integro de la deuda tributaria que mantengan para con la Municipalidad. Articulo Quinto.- CONVENIOS ANTERIORES No podra incluirse en el fraccionamiento suscrito al MORDAZA de la presente Ordenanza las deudas que hubieran sido objeto de convenios de pago anteriores, sin considerar el estado en que se encuentren. Articulo Sexto.- DESISTIMIENTO La firma del convenio de fraccionamiento que se extienda en el MORDAZA de la presente Ordenanza, se entendera como desistimiento del recurrente a cualquier medio impugnatorio que hubiera interpuesto sobre las deudas que constituyen el monto a fraccionar. Articulo Septimo.- CAUSALES DE PERDIDA DE BENEFICIO Se considerara perdido el derecho al Fraccionamiento Especial, cuando el deudor tributario incumpla con el pago del integro de dos cuotas consecutivas o con el pago en su fecha de vencimiento, de los tributos municipales que le corresponda en cada ejercicio gravable. Articulo Octavo.- MULTAS ADMINISTRATIVAS Las multas administrativas que MORDAZA regularizadas, mediante el pago en efectivo o por suscripcion de un convenio de fraccionamiento conforme al Reglamento aprobado por el Decreto de Alcaldia Nº 10-99DASS, modificado por el Decreto de Alcaldia Nº 022000-MSS, tendran un descuento del 75% de su valor, en el caso de encontrarse dentro de los 10 dias posteriores a la notificacion de la Resolucion Directoral de Multa Administrativa y del 50%, en el caso de las que no se encuentran dentro del supuesto senalado precedentemente. Articulo Noveno.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Oficina de Rentas y a la Oficina de Ejecucion Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Articulo Decimo.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 21120

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Otorgan beneficio para el pago de deudas por infracciones de transporte y MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000003 Callao, 13 de marzo de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 13 de marzo de 2001; aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA DE BENEFICIO PARA EL CUMPLIMIENTO DE PAGO DE DEUDAS REFERIDAS A INFRACCIONES DE TRANSPORTE Y MORDAZA Articulo Primero.- Otorguese el plazo extraordinario de treinta (30) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, para el pago de las papeletas impuestas por Infracciones al Reglamento de Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros, al Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA y las Ordenanzas Municipales Nº 0001-97-MPC, Nº 008-99-MPC y Nº 0019-99-MPC, impuestas hasta el 28 de febrero del presente ano, con reduccion al veinte por ciento (20%) del monto impago. Articulo Segundo.- Estan comprendidos dentro del beneficio mencionado en el Articulo Primero, las deudas que se encuentren en procedimiento de cobranza coactiva, previo pago de los gastos administrativos y las costas procesales que hayan generado con igual reduccion. Articulo Tercero.- Se encuentran comprendidos dentro del beneficio establecido en la presente Ordenanza, los obligados que hayan suscrito convenio de fraccionamiento respecto a los pagos de papeletas impuestas sobre el saldo pendiente, con igual reduccion establecida en la presente Ordenanza. No estan comprendidos aquellos que hayan interpuesto reclamacion, salvo desistimiento expreso de su impugnacion, mediante solicitud simple ingresada por la Oficina de Tramite Documentario. Articulo Cuarto.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, quedan suspendidos los operativos de captura de vehiculos que realiza la Direccion de Ejecucion Coactiva de esta Entidad Edil. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion General de Transporte MORDAZA y a la Direccion General de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 21117

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