Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2001 (16/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2001

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27600
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO JUSTICIA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia
DECRETO SUPREMO Nº 042-2001-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General se regula, entre otras, las actuaciones de la funcion administrativa del Estado y el procedimiento administrativo comun desarrollados en las entidades, estableciendo las normas para la elaboracion, contenido, aprobacion y difusion, asi como el plazo para la aprobacion de los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que mediante Decreto Supremo Nº 011-99-JUS se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Ministerio de Justicia; el mismo que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2001-JUS; Que por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS se modifican e incorporan articulos al Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, a fin de regular aspectos relacionados a la obligatoriedad de la conciliacion, materias conciliables, asi como la formacion y capacitacion de conciliadores; Que mediante Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM se aprueba el procedimiento que determina la documentacion indispensable que deben contener los expedientes administrativos de los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 y que deberan ser remitidos a la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) por parte de las entidades publicas cuya administracion y pago de pensiones no ha sido transferida por MORDAZA expresa a la ONP; asimismo, se dispone que las entidades del sector publico incorporen en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, el procedimiento aprobado por dicha norma; Que es necesario establecer, entre otros, los procedimientos y servicios que permitan realizar una apropiada implementacion de la conciliacion, a traves de la autorizacion, registro y supervision de los Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores y el adecuado funcionamiento de la Escuela Nacional de Conciliacion Extrajudicial; Que asimismo, es preciso modificar e incluir nuevos procedimientos y servicios a fin de brindar una mejor atencion al publico en general; Que estando a lo expuesto, resulta conveniente aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Justicia, que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 011-99-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2001-JUS. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia

LEY QUE SUPRIME FIRMA Y ESTABLECE MORDAZA DE REFORMA CONSTITUCIONAL
Articulo 1º.- Supresion de firma Suprimese la firma de MORDAZA Fujimori Fujimori, del texto de la Constitucion Politica del Estado de 1993, sin perjuicio de mantener su vigencia, en aplicacion de la Resolucion Legislativa Nº 009-2000-CR, que declaro su permanente incapacidad moral y, en consecuencia, la vacancia de la Presidencia de la Republica. Articulo 2º.- Objeto de la ley La Comision de Constitucion, Reglamento y Acusaciones Constitucionales, propondra un proyecto de reforma total de la Constitucion, tomando en cuenta la Constitucion historica del Peru y en particular el texto de la Constitucion de 1979. Tras su aprobacion por el Congreso sera sometido a referendum. De ser aprobado quedara abrogada la Constitucion de 1993. Articulo 3º.- Participacion de la sociedad civil El MORDAZA de reforma se llevara a cabo promoviendo el mas amplio debate nacional, mediante la permanente realizacion de eventos academicos como forums, conversatorios, entre otros actos que tiendan a la difusion y discusion de las propuestas para el cambio constitucional. Articulo 4º.- Competencia de la Comision de Constitucion, Reglamento y Acusaciones Constitucionales La Comision de Constitucion, Reglamento y Acusaciones Constitucionales centralizara los proyectos y difundira las iniciativas que se sometan a su conocimiento para los fines a que se refiere la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 36447

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