Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2001 (16/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

Nº de Orden Requisitos Automatico

Denominacion del Procedimiento

Derecho de Pago ( % de UIT )

Calificacion Evaluacion Previa Positivo Negativo

Dependencia donde se inicia el tramite

Autoridad que aprueba el tramite

Autoridad que resuelve el recurso impugnatorio

Base Legal/ Fecha de Publicac. en El Peruano

rio General, abogados y conciliadores del Centro de Conciliacion, asi como de los sellos que utilizaran en el Centro. - Senalar el horario de atencion al publico que tendra el Centro de Conciliacion. - Recibo de pago por derecho de tramite. 5.43 20 dias a partir de la fecha de inspeccion Viceministro (apelacion) Oficina de Administracion Documentaria Secretario Tecnico de Conciliacion Secretario Tecnico de Conciliacion (reconsideracion) Ley N° 26872, Publicada 13-11-1997 Reglamento de la Ley N° 26872, aprobado por D.S. N° 001-98-JUS, Publicado 14-01-1998, modificado por D.S. N° 016-2001-JUS, Publicado 2-05-2001

MORDAZA, MORDAZA 16 de diciembre de 2001

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Autorizacion para el cambio de direccion del Centro de Conciliacion

- Solicitud dirigida al Secretario Tecnico de Conciliacion, adjuntando: - Planos de distribucion y de ubicacion del MORDAZA local. - Descripcion del local y sus instalaciones e infraestructura basica, la que debera de constar de por lo menos dos ambientes: una sala de audiencias y el area donde funcionara el area administrativa. - Recibo de pago por derecho de tramite. 18.02 30 dias Oficina de Administracion Documentaria Viceministro o por delegacion el Secretario Tecnico de Conciliacion Viceministro o por delegacion el Secretario Tecnico de Conciliacion (reconsideracion) Ministro de Justicia o por delegacion el Viceministro (apelacion)

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Autorizacion para el funcionamiento de Centros de Formacion y Capacitacion de Conciliadores.

Ley N° 26872, Publicada 13-11-1997 Reglamento de la Ley N° 26872, aprobado por D.S. N° 001-98-JUS, Publicado 14-01-1998, modificado por D.S. N° 016-2001-JUS, Publicado 2-05-2001

NORMAS LEGALES

Pag. 214003

- Solicitud dirigida al Viceministro de Justicia, con indicacion del domicilio legal del Centro, adjuntando: - Original o MORDAZA autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia, del Certificado de Inscripcion en la Oficina Registral correspondiente, o documento donde se acredite la creacion y existencia de la persona juridica que va a constituir un Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores. - MORDAZA autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia, del Estatuto o MORDAZA de creacion de la persona juridica que va a constituir un Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, en el que conste expresamente que la entidad tiene entre sus fines la formacion y capacitacion de Conciliadores. - MORDAZA autenticada por el Fedatario del Ministerio de Justicia o legalizada, del Acta de Constitucion mediante la cual la entidad constituye un Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores, cuya denominacion sea expresa y que incluya la aprobacion del Reglamento y la designacion de su Director y Secretario General. - Documentos que acrediten la representacion legal del solicitante. - Programa Academico segun los requisitos y dentro del formato senalado por la Secretaria Tecnica de Conciliacion. - Material de ensenanza, que incluya el manual, material de lectura y legislacion actualizada. - Modelos de examenes, casos y hojas de registro de habilidades y destrezas del conciliador. - Relacion y curriculum vitae de los capacitadores principales y especializados, con registro vigente. - Compromiso de adhesion a las normas de Etica y de Conducta para Capacitadores y Centros de Formacion

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