Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2001 (10/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 10 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que mediante Resolucion Directoral Nº 125-2001PE/DNEPP de fecha 3 de MORDAZA del 2001, prorrogada por Resolucion Directoral N° 167-2001-PE/DNEPP de fecha 2 de agosto del 2001, se otorgo y prorrogo el permiso de pesca a la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru del armador coreano TAE WON FISHERIES CO., LTD. para operar la embarcacion pesquera de bandera coreana denominada "POONG WON N° 705" de 258 de Tonelaje Neto y 360.8 TM de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, asi como licencia para la operacion de su planta de congelado a bordo, con capacidad de 61.95 t/dia, con vigencia hasta el 31 de agosto del 2001; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita prorroga del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "POONG WON N° 705" y la licencia de operacion de su planta de congelado a bordo, por treinta (30) dias calendario adicionales del 1 al 30 de setiembre del 2001, cumpliendo con presentar los requisitos del procedimiento N° 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2001-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 402-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, la Resolucion Ministerial Nº 138-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral N° 125-2001-PE/DNEPP, prorrogado por Resolucion Directoral N° 167-2001-PE/DNEPP a la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru del armador coreano TAE WON FISHERIES CO., LTD. para operar la embarcacion pesquera de bandera coreana "POONG WON N° 705" con indicativo internacional 6MMF, asi como la licencia para la operacion de su planta de congelado a bordo, del 1 al 30 de setiembre del 2001, manteniendose los demas terminos y condiciones. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 30598 RESOLUCION DIRECTORAL N° 196-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 4 de setiembre del 2001 EMBARCACION TN INTERN. 352 266 CAPAC.DE ALMAC. TM 452.51 360. 00 CAPAC. INSTAL t/dia 63.36 46.40

Visto el expediente de Registro Nº CE-00417002 con escrito del 31 de agosto del 2001, presentado por la empresa PERUKO S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 129-2001-PE/ DNEPP de fecha 5 de MORDAZA del 2001, prorrogada por Resolucion Directoral N° 169-2001-PE/DNEPP de fecha 3 de agosto del 2001, se otorgo permiso de pesca a la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru de los armadores coreanos SEO YANG MOOL SAN CO., LTD. e IN SUNG CORPORATION, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera coreana denominadas "SEO YANG N° 88" e "IN SUNG N° 505", de 352 y 266 de Tonelaje Neto y 452.51 y 360.00 TM de capacidad de almacenamiento, respectivamente, con el uso de potera como arte de pesca, asi como licencia para la operacion de sus plantas de congelado a bordo, con capacidades de 63.36 y 46.40 t/dia, respectivamente, en la extraccion del recurso calamar o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, con vigencia hasta el 3 de setiembre del 2001; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita prorroga de los permisos de pesca correspondientes a las embarcaciones "SEO YANG N° 88" e "IN SUNG N° 505", asi como de las licencias de operacion de las plantas de congelado a bordo de las mismas, por treinta (30) dias calendario adicionales, del 4 de setiembre al 3 de octubre del 2001, presentando los requisitos previstos en el Procedimiento N° 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2001-PE; Que la Resolucion Ministerial N° 138-2001-PE del 16 de MORDAZA de 2001, establecio el Regimen Provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Disodicus gigas), con un plazo de vigencia del 1 de junio hasta el 30 de setiembre del 2001, por lo que la prorroga solicitada solo procede hasta el 30 de setiembre del 2001; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 405-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, la Resolucion Ministerial Nº 138-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral N° 129-2001-PE/DNEPP, prorrogado por Resolucion Directoral N° 169-2001-PE/DNEPP, a la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru de los armadores coreanos SEO YANG MOOL SAN CO., LTD. e IN SUNG CORPORATION, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera coreana cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, asi como licencia de operacion de cada planta de congelado a bordo de las citadas embarcaciones pesqueras:

INDICAT. INTERN. 6KBJ 6NGI

SISTEMA DE PRESERV. CONGELADO CONGELADO

ARTE DE PESCA POTERA POTERA

VIGENCIA DEL PERMISIO PESCA Y LICENCIA DE OPERACION CONGELADO 04-09-2001 al 30-09-2001 04-09-2001 al 30-09-2001

SEO YANG N° 88 IN SUNG N° 505

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 30599

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