Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2002 (04/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 4 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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se deberan constituir las provisiones maximas que resulten entre las determinadas por riesgo MORDAZA y las obtenidas por su valorizacion de acuerdo con el Reglamento de Inversiones. Para este efecto, en el caso de las Inversiones Disponibles para la Venta, se comparara la provision por riesgo MORDAZA con la provision que hubiese resultado de una valorizacion individual por fluctuacion de valor. Como regla general, las empresas deberan constituir las provisiones maximas entre las que resulten de comparar las correspondientes a la naturaleza de la operacion activa en cuestion y las determinadas por el presente Reglamento. Por ejemplo, en el caso de fondos disponibles y cuentas por cobrar que se encuentren sujetos a riesgo MORDAZA, se deberan constituir como minimo las provisiones requeridas por este Reglamento. Requerimiento de provisiones Articulo 16º.- Las provisiones por riesgo MORDAZA se asignaran en funcion del MORDAZA en que este domiciliado el obligado final o, en el caso especifico de las inversiones, el emisor del titulo y desde el cual se deberan obtener los recursos necesarios para el pago de las operaciones; de acuerdo a lo establecido en las Consideraciones Generales del Reporte Nº 23 que acompana al presente Reglamento. Dichas provisiones se asignaran segun la categoria de riesgo del MORDAZA con el cual la empresa mantiene exposicion, de acuerdo a los porcentajes de la tabla adjunta y siguiendo lo dispuesto en el Articulo 5º. Asi, el requerimiento de provisiones aplicable a la exposicion con un MORDAZA dependera del tamano relativo de la misma en funcion del patrimonio efectivo, habiendose establecido tres escalas de provisiones.
Riesgo Provision por Riesgo MORDAZA (exposicion a un MORDAZA, como porcentaje del patrimonio efectivo de la empresa) Estandar Menor al 30% Menor al 10% 0% 0% 0% 5% 1% 1% 15% 5% 1.5% 30% 15% 7.5% 60% 50% 40% 100% 100% 100%

de esta Superintendencia. Asimismo, copias completas de los informes al Directorio, dispuestos en el Articulo 8º, tambien estaran a disposicion de este Organismo de Control. CAPITULO V COLABORADORES EXTERNOS Auditoria Interna y Externa Articulo 20º.- La Unidad de Auditoria Interna debera incorporar en su Plan Anual de Trabajo la evaluacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma. Asimismo, las Sociedades de Auditoria Externa deberan opinar sobre el sistema de control interno, las politicas y procedimientos para la identificacion y administracion del riesgo MORDAZA, considerando el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma. Empresas Clasificadoras de Riesgo Articulo 21º.- Las empresas clasificadoras de riesgo deberan tener en cuenta las politicas y procedimientos establecidos por la empresa para la administracion del riesgo MORDAZA en el MORDAZA de clasificacion de las empresas supervisadas. DISPOSICION FINAL Plazo de adecuacion Unica.- Las empresas contaran con un plazo de adecuacion para cumplir con lo dispuesto en la presente MORDAZA que vencera el 31 de octubre de 2002, con excepcion de lo establecido en el Articulo 16º, lo cual regira a partir del 31 de enero de 2003. ANEXO Nº 1
Riesgo 1 Criterios de Evaluacion El MORDAZA presenta una volatilidad macroeconomica poco significativa y es estable en terminos socio-politicos. Puede pagar holgadamente sus obligaciones con el exterior y no existen restricciones a las transacciones financieras internacionales. Su sistema bancario es solido y el Estado defiende la propiedad privada. Las clasificaciones externas asignadas a su deuda soberana en moneda extranjera son estables o han mejorado en el transcurso de los dos (2) ultimos anos. El MORDAZA presenta una volatilidad macroeconomica aceptable y es estable en terminos socio-politicos. No enfrenta problemas en el pago de sus obligaciones con el exterior y no existen restricciones significativas a las transacciones financieras internacionales. Su regulacion financiera es congruente y su sistema bancario se mantiene solido. El MORDAZA presenta una volatilidad macroeconomica controlable, pero incierta en el mediano plazo. Enfrenta un riesgo socio-politico moderado, pero con tendencia estable. Presenta un nivel de endeudamiento moderado. En los ultimos cinco (5) anos puede haber interrumpido, total o parcialmente, la amortizacion de sus deudas, pero el pago de intereses lo efectuo normalmente. Tambien puede haber renegociado su deuda en los ultimos cinco (5) anos, total o parcialmente, alargando su plazo de vencimiento. El MORDAZA presenta una volatilidad macroeconomica alta producto de desequilibrios internos y externos recurrentes. Enfrenta un riesgo socio-politico inestable. Presenta un nivel de endeudamiento elevado y sus regulaciones financieras cambian con frecuencia. En los ultimos dos (2) anos puede haber interrumpido, total o parcialmente, la amortizacion de sus deudas, pero el pago de intereses lo efectuo normalmente. Tambien puede haber renegociado los intereses de su deuda en los ultimos dos (2) anos, total o parcialmente, alargando su plazo de vencimiento. Su situacion economica es inestable y enfrenta un riesgo sociopolitico alto. Se preven dificultades significativas para obtener financiamiento externo adicional para cumplir con el pago de sus obligaciones actuales. En los ultimos dos (2) anos puede haber interrumpido, total o parcialmente, el pago de intereses. Tambien puede haber impuesto una reprogramacion unilateral de sus deudas domesticas en los ultimos dos (2) anos. El MORDAZA ha desconocido sus deudas o se preve que incumpla con el pago de las mismas en el corto plazo. El MORDAZA atraviesa una fuerte crisis economica y socio-politica. La informacion publica financiera disponible tiene una antiguedad superior a 3 (tres) anos o es inexistente.

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Las operaciones con o avaladas por entidades multilaterales de credito se incluiran dentro de la categoria de paises con Riesgo 1. CAPITULO IV REQUERIMIENTOS DE INFORMACION Situaciones excepcionales Articulo 17º.- En caso la empresa sufriera un cambio importante en su exposicion al riesgo MORDAZA, sea, entre otros, por cambios en las condiciones de los mercados, realizacion de nuevas operaciones, compras de cartera o modificacion de limites internos, debera comunicarlo de inmediato a esta Superintendencia, adjuntando un breve reporte donde evalue el impacto de los cambios sobre su exposicion al riesgo MORDAZA y las medidas a adoptar. MORDAZA del Reporte Nº 23 Exposicion al Riesgo MORDAZA Articulo 18º.- Las empresas deberan presentar mensualmente a esta Superintendencia, dentro de los quince (15) dias calendarios posteriores al cierre de cada mes, el Reporte Nº 23 "Exposicion al Riesgo Pais", el cual se adjunta en el Anexo Nº 2 de la presente norma. Esta informacion debera presentarse tanto por medios electronicos, a la direccion rpais@sbs.gob.pe, como por medios impresos. Responsabilidad de la elaboracion y MORDAZA del Reporte Nº 23 Articulo 19º.- El jefe o encargado de la Unidad de Riesgos es el responsable de la elaboracion y MORDAZA del Reporte Nº 23 ante esta Superintendencia. La informacion y los calculos empleados para la elaboracion del Reporte Nº 23 deberan estar a disposicion

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