Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2002 (04/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 4 de junio de 2002

Electorales, Nº 26487, es funcion esencial del citado organismo electoral velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, en la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley de Elecciones Municipales, Nº 26864, se establece que son aplicables a las Elecciones Municipales, en forma supletoria y complementariamente, las disposiciones de la Ley Organica de Elecciones; Que, en el Articulo 16º de la Ley de Elecciones Regionales, Nº 27683, se establece que son de aplicacion supletoria al MORDAZA electoral regional, la Ley Organica de Elecciones, sus normas modificatorias y complementarias, y demas disposiciones vigentes en materia electoral; Que, en tal sentido, en el Articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones, Nº 26859, se establece que los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los funcionarios de las mismas y los coordinadores de local de votacion son designados por el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante concurso publico; Que, en consecuencia, corresponde definir a los funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Regionales y Municipales del MORDAZA 17 de noviembre de 2002, que seran seleccionados por concurso publico; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 5º, literales c) y g), y 13 de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, Articulo 9º, literal h), de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 482-2001-J/ ONPE del 10 de setiembre de 2001, y Tercera Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley de Elecciones Regionales, Nº 27683; Con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Definir como funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a ser designados mediante concurso publico para las Elecciones Regionales y Municipales convocados para el MORDAZA 17 de noviembre de 2002, a quienes desempenen los siguientes cargos: a) Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales respectiva. b) Asistente Administrativo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales respectiva. c) Coordinador de Local de Votacion. Articulo Segundo.- Poner la presente Resolucion Jefatural a conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 9988

do por la Oficina Central de Auditoria Interna de la Universidad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Examen Especial, presentado en MORDAZA del ano 2001, por el Jefe de la Oficina de Auditoria Interna de la Universidad, en relacion con la informacion presupuestal del primer semestre del ano 2000, se concluye que: a) Existe informacion presupuestal discordante al existir saldos de calendario significativos en diversas actividades tanto por la fuente de financiamiento recursos ordinarios como por la de recursos directamente recaudados, b) No se encuentran actualizados los calendarios de compromisos en el software correspondiente, arrojando saldos negativos con respecto a los registros de la Unidad de Ejecucion Presupuestal, c) Hay incumplimiento en la MORDAZA oportuna de la informacion que debe alcanzarse al Ministerio de Economia y la Contaduria Publica de la Nacion, d) Existen diferencias sustanciales entre la ejecucion de compromisos registrada en la Unidad de Ejecucion presupuestal y lo registrado y reportado por el Sistema Integrado de Administracion Financiera, e) Se han realizado modificaciones en la ejecucion presupuestal sin contar con la resolucion que las autorice; y, f) Se ha presentado informacion presupuestal deficiente: Que, todos esos hechos conforme al Examen de Auditoria Interna implican el incumplimiento de funciones por parte de los servidores: - Mg. MORDAZA Yanqui MORDAZA, ex Vicerrector Administrativo de la Comision Reorganizadora. - Econ. MORDAZA MORDAZA Soler, ex Jefa de la Oficina de Economia. - CPC MORDAZA Yong MORDAZA, Contador General de la Universidad. - Sr. MORDAZA MORDAZA Quichiz, ex Jefe de la Unidad de Ejecucion Presupuestal. - Econ. MORDAZA Quispeayala Bonelly, ex Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; y, - CPC MORDAZA Narvasta MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Programacion y Evaluacion Presupuestal. Que, en efecto, la serie de errores que se han cometido en el registro, ejecucion e informacion presupuestal estarian demostrando que los servidores MORDAZA indicados no han cumplido con la obligacion de conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, tal como se senala en el Art. 21º del D. Leg. Nº 276 y por tanto han incumplido con las normas establecidas para la actuacion de los servidores publicos, hecho que conforme al Art. 28º, inciso a) constituye falta disciplinaria; Que, aun cuando conforme al inciso f) del Art. 16º del D.L. Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, los informes, resultado de una accion de control, constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas o legales a que hubiera lugar, la Comision Transitoria de Gobierno, dispuso que la Comision Especial de Procesos Administrativos se pronuncie sobre el particular, la misma que opino, con fecha 31 de MORDAZA del ano 2001 y conforme a lo recomendado por la Oficina de Auditoria Interna, en el sentido que se instaure MORDAZA administrativo a los responsables de las deficiencias encontradas en el registro, ejecucion e informacion presupuestal; Que, el expediente materia de este informe, se encontraba listo para su revision, habiendose detenido por observaciones del ex Secretario General de la Universidad, quien expreso la supuesta falta de precision en la determinacion de la falta administrativa y la ausencia de las firmas de quienes conforman la Comision Especial de Procesos Disciplinarios, cuestiones que conforme al MORDAZA de eficacia establecido por la Ley Nº 27444, no invalidan el MORDAZA, toda vez que el dictamen emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios establece en sus conclusiones la presunta falta cometida y los funcionarios comprometidos, asimismo

UNIVERSIDADES
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a servidores de la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion"
Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion" RESOLUCION RECTORAL Nº 565-2002-UH MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2002 Visto el Informe del Examen Especial sobre la informacion presupuestal del Primer Semestre 2000, realiza-

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