Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2003 (03/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de enero de 2003

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
Incorporan inciso o) al articulo 10º del D.U. Nº 122-2001, mediante el cual se creo el FEDADOI
DECRETO DE URGENCIA Nº 001-2003

Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los dos dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 00070

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 122-2001 y normas modificatorias, se crea el Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI, con la finalidad de administrar aquellas sumas de dinero que fueron obtenidas como consecuencia de la comision de delitos a que se refieren las Leyes Nºs. 27378 y 27379; Que, conforme a la legislacion vigente, corresponde al Poder Judicial a traves del organo jurisdiccional competente, senalar el lugar y condiciones en que deben llevarse a cabo las audiencias judiciales; Que, por razones de seguridad, es necesario contar con un local dentro de las instalaciones de la Base MORDAZA del Callao, que preste las debidas medidas de proteccion para la realizacion de juicios asi como asegure la independencia y autonomia de la autoridad judicial para que estos se lleven a cabo respetando las garantias de un debido MORDAZA, tal como que tenga acceso directo a la via publica, bajo control exclusivo del Poder Judicial; Que, en consecuencia es de interes nacional dictar las medidas extraordinarias de caracter economico y financiero para dotar de los recursos necesarios al Ministerio de Defensa para que realice implementacion de infraestructura para la habilitacion de una sala de juzgamiento en la que se garantice el debido MORDAZA, la seguridad de los jueces, procesados, publico y ciudadania en general, siendo necesario incluir dentro de los alcances del articulo 10º del Decreto de Urgencia Nº 122-2001, la posibilidad de destinar recursos del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI, los recursos que se requieran para este proposito; De conformidad con lo establecido en el numeral 19 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Estado; el Decreto de Urgencia Nº 122-2001 y normas modificatorias y reglamentarias; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporese como inciso o), del articulo 10º, del Decreto de Urgencia Nº 122-2001, el texto siguiente: o) Construccion e implementacion de infraestructura para la habilitacion de MORDAZA de juzgamiento en la Base MORDAZA del Callao, para ser usadas por el Poder Judicial, mediante de contratos de comodato o similares, a fin que efectue los juzgamientos que estime convenientes, en razon de la seguridad de los jueces, procesados, publico y ciudadania en general. Articulo 2º.- La habilitacion de los fondos que se requieran para los fines a que se refiere el presente Decreto de Urgencia, sera solicitada por el Ministerio de Defensa al FEDADOI. Articulo 3º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, los Ministros de Justicia, Economia y Finanzas, de Defensa y del Interior.

PCM
Modifican el D.S. Nº 049-2002-PCM que declaro al ano 2003 como "Ano de los Derechos de la Persona con Discapacidad"
DECRETO SUPREMO Nº 001-2003-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2002-PCM se declaro el ano 2003 como Ano de los Derechos de la Persona con Discapacidad; Que, en el ano 2003 se conmemora el centenario del nacimiento de don MORDAZA Basadre Grohmann, ilustre pensador, humanista e historiador peruano; Que, a fin de rendir homenaje y poner de relieve el aporte de tan insigne peruano, resulta conveniente declarar el ano 2003 como ano del centenario de su nacimiento, sin perjuicio de lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 049-2002-PCM, por lo que debe expedirse el decreto supremo modificatorio correspondiente; Que, resulta necesario considerar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones entre los sectores encargados de la elaboracion conjunta de un plan de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion.Modificanse los articulos primero y tercero del Decreto Supremo Nº 049-2002-PCM, los mismos que en adelante tendran el siguiente texto: "Articulo 1º.- Declarase el ano 2003 como "Ano de los Derechos de la Persona con Discapacidad y del Centenario del Nacimiento de MORDAZA Basadre Grohmann". "Articulo 3º.- El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS), conjuntamente con el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, formulara dentro de los treinta (30) primeros dias habiles del ano 2003, un plan de igualdad de oportunidades para las

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