Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2003 (03/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de enero de 2003

la Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902 y el Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto. El MORDAZA de fusion de los proyectos para el alivio a la pobreza a que se refiere el Decreto Supremo Nº 0362002-PCM, sera coordinado y conducido por una Comision Multisectorial. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Multisectorial. La Comision Multisectorial a que se refiere el articulo precedente estara conformada por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira, y un representante de cada uno de los siguientes Ministerios: Economia y Finanzas, Agricultura y Mujer y Desarrollo Social. El representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social actuara como Secretario Tecnico de la Comision. Lo que hubiere sido actuado por la Comision a que se refiere el numeral 1.4 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM, servira de antecedente a las labores que realice la Comision Multisectorial conformada segun lo dispuesto en el parrafo anterior. Articulo 3º.- Plazo. La Comision Multisectorial culminara sus labores en un plazo no mayor de ciento veinte (120) dias habiles contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Disposicion derogatoria. Deroguese el numeral 1.4 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM y demas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente dispositivo. Articulo 5º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura, Economia y Finanzas y Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00074

Ministerial Nº 487-2002-PCM y el Informe Nº 017-200102-4662 de la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR ICA; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Regional de Control Interno del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR Ica realizo el examen denominado "Examen especial al funcionamiento de la Oficina de Promocion y Desarrollo Social", cuyas conclusiones y recomendaciones se encuentran contenidas en el Informe de Control Nº 0172001-02-4662; Que, dicho Informe fue puesto en conocimiento del Ministerio de la Presidencia con fecha 4 de enero de 2002, mediante Oficio Nº 529-2001-CTAR-ICA/GRCI de fecha 21 de diciembre de 2001, expedida por la Gerencia Regional de Control Interno de CTAR ICA; Que, una de las recomendaciones que formula la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR Ica consiste en sugerir que mediante la respectiva Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, se aplique las sanciones que ameriten al ex Presidente Ejecutivo del CTAR Ica, Econ. MORDAZA MORDAZA Apesteguia y los ex Secretarios Tecnicos, senores Deyner MORDAZA Minchon y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes habrian inobservado diversas normas tales como la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Sector Publico 100-03 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de los CTARs, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; Que, de conformidad con el articulo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 165º de la MORDAZA MORDAZA mencionada, establece que para el MORDAZA de funcionarios se constituira una Comision Especial integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquia del procesado; Que, por otro lado, el articulo 175º senala que tambien son pasibles de ser sometidos a un MORDAZA administrativo disciplinario, los funcionarios y servidores publicos, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 133-2002-PCM, autoriza al Presidente del Consejo de Ministros a constituir las Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios que estime pertinentes, competentes para conocer las recomendaciones formuladas por los organos de control sobre presunta responsabilidad administrativa de Presidentes Ejecutivos, Secretarios Tecnicos, ex Presidentes Ejecutivos y ex Secretarios Tecnicos de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, a instaurar los procesos administrativos disciplinarios que se deriven de lo actuado por las citadas Comisiones Especiales y a sancionar a los que resulten responsables; Que, en virtud a dicha MORDAZA, mediante Resolucion Ministerial Nº 480-2002-PCM de fecha 22 de diciembre de 2002, modificada por Resolucion Ministerial Nº 4872002-PCM de fecha 27 de diciembre de 2002, se constituyeron las Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Presidencia del Consejo de Ministros que conoceran los procesos administrativos disciplinarios que se instauren contra los ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional - CTARs, asi como tambien contra los ex Secretarios Tecnicos y Secretarios Tecnicos en funciones de dichas entidades; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios Nº 1, constituida para conocer de los procesos administrativos disciplinarios que se instauren contra los ex Presidentes Ejecutivos y Presidentes Ejecutivos en funciones y ex Secretarios Tecnicos y Secre-

Instauran procedimientos disciplinarios a ex funcionarios de los CTAR Ica y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 497-2002-PCM MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Vistos, el Informe Nº 001-2002/PCM/CEPAD-PE1CTAR de la Comision Especial Nº 1 de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 480-2002-PCM, modificada por Resolucion

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