Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2003 (01/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 1 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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gistro Nacional de Identificacion y Estado Civil hasta que, la Buena Pro del Concurso Publico Nº 008-2002-RENIEC MORDAZA quedado consentida. Articulo Segundo.- Encargar a la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion la contratacion del servicio de mensajeria a nivel nacional, conforme a los considerandos expuestos. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion la comunicacion de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02032

Declaran en situacion de urgencia el servicio de impresion de formatos diversos en RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 029-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 31 de enero de 2003 VISTOS, el Informe Nº 037-2003/GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 30.ENE.2003; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, conforme lo dispone el articulo 1º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Ley Nº 26497; Que, con fecha 23 de octubre del 2002, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil convoco al Concurso Publico Nº 007-2002-RENIEC a fin de contratar el servicio de impresion de formatos diversos; aprobadas que fueran las bases por el Comite Especial y, luego de efectuada la evaluacion correspondiente, el 19 de diciembre del 2002 se otorgo la Buena Pro a las empresas ENOTRIA, GRAFICA TECNICA S.R.L., y SERVICIO GRAFICOS 2001; Que, el 27 de diciembre del 2002 las empresas ENOTRIA, GRAFICA TECNICA S.R.L. y SCHROTH CORPORATION PAPELERA S.A.C. interpusieron recursos administrativos de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro, los mismos que fueran resueltos por la Entidad manteniendose pendiente de resolver por CONSUCODE el recurso de revision que la empresa GRAFICA TECNICA S.R.L. ha interpuesto; Que, no habiendo quedado aun consentida la Buena Pro ni existiendo fecha cierta para ello; se presenta una situacion en la cual el RENIEC no cuenta con el servicio de impresion de formatos diversos, perjudicandose asi la operatividad de la Entidad, haciendose necesario declarar en urgencia dicho servicio; Que, el articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM describe que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion, la cual determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM publicado el 13 de febrero del 2001, en su articulo 21º precisa que: "se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo

o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, asi mismo, el articulo 19º de la MORDAZA citada en el numeral anterior senala que: "Estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: c) En situaciones de emergencia o de urgencia declaradas ..."; Que, finalmente y en concordancia con los articulos MORDAZA citados, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica y, de conformidad a las facultades conferidas por el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC;
SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia el Servicio de Impresion de Formatos Diversos en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil hasta que, la Buena Pro del Concurso Publico Nº 007-2002RENIEC MORDAZA quedado consentida. Articulo Segundo.- Encargar a la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion la contratacion del servicio de Impresion de Formatos Diversos, conforme a los considerandos expuestos. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion la comunicacion de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02033

MINISTERIO PUBLICO
Modifican resolucion relativa a competencia territorial de fiscalias provinciales mixtas de La Molina-Cieneguilla y de Huarochiri
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 133-2003-MP-FN MORDAZA, 30 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es necesario aclarar la Resolucion Nº 084-2003MP-FN, de fecha 20 de enero del 2003 y estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los Articulos MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Nº 084-2003-MP-FN, de fecha 20 de enero del 2003, los que quedaran redactados de la siguiente manera: Articulo Cuarto.- La competencia territorial de la Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de La MORDAZA ­ Cieneguilla, es la siguiente: La MORDAZA, Cieneguilla, Centro Poblado de Manchay, distrito Santisimo MORDAZA de MORDAZA, Distrito de Antioquia, MORDAZA, Huarochiri, Mariatana, San MORDAZA de Tantaranche, San MORDAZA de Quinti, San MORDAZA de Huancayre, Sangallaya, MORDAZA de Anchuacaya, MORDAZA MORDAZA de los Olleros, Lahuaytambo y Langa. Articulo Sexto.- Modificar la competencia territorial de la Fiscalia Provincial Mixta de Huarochiri, siendo a partir de la fecha la siguiente: MORDAZA Norte: Los distritos de Callahuan-

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