Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2003 (27/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 27 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11973

De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Expresar el reconocimiento institucional y felicitar en su dia a los Registradores del Estado Civil de todo el MORDAZA, por su dedicada labor de registrar los hechos vitales y promover la inscripcion y declaracion oportuna de los hechos y actos que modifican el Estado Civil de las personas. Articulo Segundo.- Encargar a todos los Jefes Regionales del RENIEC en todo el MORDAZA, la difusion de la presente resolucion a todos los Registradores del Estado Civil de sus respectivas jurisdicciones, en senal de saludo y respeto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 12078

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Expresan reconocimiento institucional a la labor que realizan los Registradores del Estado Civil
RESOLUCION JEFATURAL Nº 271-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de junio de 2003 Visto el Informe Nº 684-GO-DIEC/RENIEC, de fecha 16 de junio del 2003; CONSIDERANDO: Que, dentro de la competencia constitucional del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil se encuentran los Registros del Estado Civil, constituido como un registro especial y juridico cuya basica finalidad es la proteccion de la persona humana en el ejercicio de sus derechos civiles, en atencion a que la inscripcion de los hechos y actos relativos al Estado Civil son prueba destinada a la proteccion de los derechos del individuo como miembro de la sociedad; Que, el Registrador del Estado Civil es el funcionario encargado del desarrollo de la gestion registral, cumpliendo labor fundamental en el desarrollo eficiente de la funcion juridica de los Registros del Estado Civil; Que, el Registrador del Estado Civil dentro de la MORDAZA actual que promueve el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un promotor de la inscripcion, volcando su labor hacia su comunidad, para educarla respecto de la importancia de la inscripcion registral y motivarla a su responsabilidad de participacion en la declaracion oportuna de los hechos y actos que modifican el estado civil; Que, dentro de esta MORDAZA del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil se encuentra el promover la formacion normativa, la elevacion de la moral y de la sensibilidad social, que permita prestigiar la funcion de los Registradores y el Sistema de los Registros del Estado Civil; Que, en este empeno de elevar el nivel del Sistema debe destacarse la calidad de la labor de los Registradores del Estado Civil preocupados por el desarrollo y perfeccionamiento de los procedimientos de su competencia que redundan positivamente en el objetivo social y juridico del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, habiendose declarado el 26 de junio como Dia del Registrador del Estado Civil a nivel nacional, es necesario expresar el reconocimiento y felicitacion a dichos servidores de todo el pais;

Prorrogan vigencia de Documentos Nacionales de Identidad vencidos o que esten por vencer durante el ano 2003
RESOLUCION JEFATURAL Nº 276-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de junio del 2003 VISTO, el Informe Nº527-GAJ/RENIEC de fecha 25 de junio del 2003, mediante el cual la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion sobre la ampliacion de plazo para la renovacion del DNI por caducidad. CONSIDERANDO: Que, dada la gran afluencia de personas que concurrieron a las Oficinas del RENIEC a efectuar el canje de las Libretas Electorales por DNI, se emitio la Resolucion Jefatural Nº 210-2003-JEF/RENIEC de fecha 28 de MORDAZA del 2003, mediante la que se amplia el plazo de canje hasta el 30 de setiembre del 2003, estableciendose un cronograma escalonado hasta dicha fecha; Que en la actualidad, en virtud de las disposiciones legales existentes, se encuentran en MORDAZA de canje por caducidad, los DNI expedidos los anos de 1996 y 1997; Que, esta situacion ha generado en los ciudadanos confusiones y molestias en el sentido de que se exige el canje del DNI a gran parte de ellos por disposicion legal, cuando otros, no han efectuado el canje de su Libreta Electoral por el DNI, creando una aparente situacion injusta que es necesario subsanar; Que, el sistema de canje de la Libreta Electoral por el DNI a traves de un cronograma por letras de los apellidos ha dado excelentes resultados y ordenado a las personas obligadas; Que, la Decima Disposicion Final del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01598-PCM precisa que la Jefatura Nacional podra aprobar las modificaciones que resulten necesarias en la relacion de datos del Archivo personal, del DNI y de cualquier otro documento a ser emitido o conservado por el Registro; En uso de las facultades conferidas en el articulo 11º Inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, y estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, y la Decima Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 01598-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la vigencia de los Documentos Nacionales de Identidad que a la fecha se encuentren vencidos o esten por vencer durante el ano 2003, hasta el 31 de enero del ano 2004, siendo potestativa la renovacion que deseen efectuar MORDAZA de dicha fecha aquellos ciudadanos que tengan vencido el Documento Nacional de Identidad.

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