Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2003 (15/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, en el MORDAZA del articulo 78º de la Constitucion Politica y la MORDAZA I del Titulo Preliminar de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, el Presupuesto del Sector Publico debe mantener un equilibrio efectivo, en el sentido que los gastos que ejecuta el Estado deben estar acordes con el comportamiento de los ingresos fiscales recaudados; Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar la modernizacion de la gestion del Estado, cuya finalidad fundamental es la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 164-2002-EF se constituyo un Equipo Tecnico Multisectorial, que de manera itinerante se acercaria a cada sector y propondria la racionalizacion de sus gastos, en concordancia con las necesidades de operacion de los Pliegos Presupuestales y las prioridades intersectoriales de gasto del Gobierno en su conjunto; Que, el Equipo Tecnico Multisectorial ha concluido sus trabajos, habiendo emitido los informes de racionalizacion de gastos para cada uno de los Ministerios, habiendose definido una meta de reduccion para la reorientacion de gasto corriente a gasto de capital, equivalente al 5% de la suma de los Grupos Genericos de Gasto Bienes y Servicios y Otros Gastos Corrientes; Que, en consecuencia resulta necesario dictar medidas de caracter especifico en materia de racionalizacion de gastos para implementar las acciones propuestas en dichos informes; De conformidad con lo establecido en los numerales 8 y 17 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en el Decreto Legislativo Nº 560; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto La presente MORDAZA tiene por objeto dictar medidas de caracter especifico en materia de racionalizacion de gastos que permitan la reorientacion de gasto corriente a gasto de capital en los Ministerios y la mejora de la calidad del gasto del Poder Ejecutivo, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 164-2002-EF. Articulo 2º.- Acuerdos sobre Racionalizacion del Gasto Los acuerdos resultantes de los informes sobre racionalizacion del gasto preparados por el Equipo Tecnico Multisectorial creado por el Decreto Supremo Nº 164-2002EF, deberan ser recogidos dentro de las directivas internas a que hace referencia el articulo 18º de la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, con la finalidad de alcanzar la meta de reorientar el equivalente al 5% de la suma de los Grupos Genericos de Gasto Bienes y Servicios y Otros Gastos Corrientes. Se encuentran sujetos a lo establecido en el presente articulo los siguientes pliegos: a) Ministerio de Economia y Finanzas. b) Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. c) Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. d) Ministerio de Transportes y Comunicaciones. e) Ministerio de Energia y Minas. f) Presidencia del Consejo de Ministros g) Ministerio de la Produccion. h) Ministerio de Agricultura. Articulo 3º.- Acciones complementarias de racionalizacion del gasto Encarguese a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico para que en coordinacion con los Pliegos Ministeriales senalados en el presente articulo evalue y ejecute, de ser el caso, acciones con el fin de avanzar hacia el logro de la meta alcanzada por los Pliegos citados en el articulo 2º, de reorientar no menos del 5% del gasto en los Grupos Genericos de Gastos en Bienes y Servicios y Otros Gastos Corrientes. Los citados pliegos son los siguientes: a) Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. b) Ministerio de Justicia.

c) Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Ministerio de Relaciones Exteriores. e) Ministerio del Interior. f) Ministerio de Salud. g) Ministerio de Defensa. h) Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- Modificaciones Presupuestarias La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en el MORDAZA de sus atribuciones establecidas en la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, coordinara con los Sectores respectivos las modificaciones presupuestarias que se MORDAZA necesarias por efecto de la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto 5.1 Encarguese a todos los ministerios para que en un plazo no mayor de veinte (20) dias habiles desde la vigencia de la presente MORDAZA, conformen Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto, con la finalidad de continuar con el MORDAZA de racionalizacion del gasto publico mediante el diseno de medidas de mediano plazo, principalmente en los siguientes temas: - Priorizacion y Focalizacion de acciones para el cumplimiento de los objetivos del Sector. - Mejora en la gestion de recursos humanos. - Mejora en los sistemas de informacion de gestion de recursos. - Generalizacion de practicas exitosas de racionalizacion en el gasto de la entidad. - Identificacion de propuestas para el desarrollo de compras corporativas. - Analisis de funciones y estudios de duplicidades. Los Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto seran presididos por el Secretario General o quien el designe y los demas representantes que designe el Ministro de cada sector, no irrogando gastos adicionales al pliego. 5.2 Los Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto coordinaran con el Viceministerio de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas y con la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, para efecto que un representante de cada una de dichas dependencias participe en las reuniones donde se expongan y discutan las principales conclusiones resultantes de los trabajos realizados en los Circulos. Este trabajo servira de base para los futuros Convenios de Gestion que podra firmar cada sector con la PCM y el MEF. 5.3 Asimismo, los acuerdos resultantes de los informes sobre racionalizacion del gasto preparados por el Equipo Tecnico Multisectorial creado por el Decreto Supremo Nº 164-2002-EF, serviran de base para los futuros Convenios de Gestion definidos en el Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658 y para el trabajo de los Circulos de Calidad que los Ministerios deberan implementar gradualmente. 5.4 La conformacion de los Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto de la Entidad, asi como los informes y conclusiones que se elaboren en dichos grupos de trabajo deberan ser publicados en la pagina Web de la entidad, debiendo mantenerse actualizada dicha informacion. 5.5 El Viceministerio de Economia y Finanzas en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles contados desde la vigencia de la presente MORDAZA, elaborara las guias y/ o lineamientos para el correcto funcionamiento de los Circulos de Calidad. 5.6 Los Circulos de Mejora de la Calidad del Gasto presentaran un informe ante la Comision de Coordinacion Viceministerial cada sesenta (60) dias calendario. Articulo 6º.- Informe sobre funciones del Estado La Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el MORDAZA de sus competencias establecidas en el Decreto Supremo Nº 083-2001PCM en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) dias de la vigencia de la presente MORDAZA, y en coordinacion con los Sectores, quienes estaran obligados a proporcionar dicha informacion, elaborara un informe que contenga un listado detallado de las funciones del Estado y las entidades que las ejecutan. Asimismo, tomara las medidas orientadas a la eliminacion de duplicidades de funciones que se detecten en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente norma.

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