Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2004 (21/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 21 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES
MINISTERIO DE LA PRODUCCION VICEMINISTERIO DE PESQUERIA
Comite de Apelacion de Sanciones Secretaria Tecnica

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RESOLUCIONES COMITE DE APELACION DE SANCIONES
Nº 041-2004-PRODUCE/CAS 29/04/04 Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa MORDAZA S.A.C. contra la Resolucion Directoral Nº 028-2004-PRODUCE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 3,45 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 156-2002-PE/DINSECOVI. Declarar INADMISIBLE el recurso de apelacion interpuesto por el Sr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 006-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa MORDAZA S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 299-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 4 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la citada resolucion. Declarar IMPROCEDENTE la nulidad deducida por la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. respecto a la RCAS Nº 195-2003-PRODUCE/CAS, en consecuencia debe estar a lo resuelto por la Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE TEQUE contra la Resolucion Directoral Nº 012-2004PRODUCE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa. Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 411-2001-PE/DINSECOVI, dejar sin efecto la multa de 1,8 Unidades Impositivas Tributarias, impuesta por la resolucion recurrida. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 117-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 6 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 306-2001-PE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 496-2002-PE/DINSECOVI quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 3 Unidades Impositivas Tributarias Impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 076-2002-PE/DINSECOVI. Declarar la NULIDAD de la Resolucion Comite Apelacion de Sanciones Nº 199-2003PRODUCE/CAS. Aceptar el DESISTIMIENTO del recurso de apelacion interpuesto por la Sra.FRANCISCA MORDAZA LLONTOP contra la Resolucion Directoral Nº 359-2002-PE/DINSECOVI en consecuencia declarar concluido el procedimiento administrativo sancionador. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Sr. MORDAZA TEQUE MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 367-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y MODIFICAR la Resolucion Directoral Nº 025-2002-PE/ DINSECOVI en el extremo referido al monto de la multa la cual queda fijada en 2,01 Unidades Impositivas Tributarias. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa PESQUERA COLONIAL S.A. EN LIQUIDACION contra la Resolucion Directoral Nº 404-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y MODIFICAR la Resolucion Directoral Nº 243-2002-PE/DINSECOVI en el extremo referido al monto de la multa, la cual queda fijada en 0,17 Unidades Impositivas Tributarias. Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 5552002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MILLONES MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 517-2002-PE/ DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 12 Unidades Impositivas Tributarias Impuesta mediante Resolucion Directoral Nº 5172002-PE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa MANUMAR S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 571-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 8,95 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolucion Directoral Nº 571-2002-PE/DINSECOVI. Declarar la NULIDAD de la Resolucion Comite de Apelacion de Sanciones Nº 1942003-PRODUCE/CAS y aceptar el DESISTIMIENTO del recurso de apelacion interpuesto por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 399-2002-PE/DINSECOVI, en consecuencia declarar concluido el procedimiento administrativo sancionador. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa PESQUERA CAMELOT S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 250-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 1,94 Unidades Impositivas Tributarias mediante Resolucion Directoral Nº 250-2002-PE/DINSECOVI. Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa CORPORACION MORDAZA S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 442-2002-PE/DINSECOVI, quedando agotada la via administrativa y CONFIRMAR la multa de 18,55 Unidades Impositivas Tributarias mediante Resolucion Directoral Nº 276-2002-PE/DINSECOVI. Declarar la NULIDAD de las Resoluciones Directorales Nºs. 384-2002-PE/DINSECOVI y 099-2002-PRODUCE/DINSECOVI, reponer el estado del presente procedimiento administrativo al momento de su inicio y devolver los actuados a DINSECOVI para los fines pertinentes. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PERICHE.

Nº 042-2004-PRODUCE/CAS

29/04/04

Nº 043-2004-PRODUCE/CAS

29/04/04

Nº 044-2004-PRODUCE/CAS

24/05/04

Nº 045-2004-PRODUCE/CAS

24/05/04

Nº 046-2004-PRODUCE/CAS

24/05/04

Nº 047-2004-PRODUCE/CAS

31/05/04

Nº 048-2004-PRODUCE/CAS

31/05/04

Nº 049-2004-PRODUCE/CAS

31/05/04

Nº 050-2004-PRODUCE/CAS

31/05/04

Nº 051-2004-PRODUCE/CAS

16/06/04

Nº 052-2004-PRODUCE/CAS

16/06/04

Nº 053-2004-PRODUCE/CAS

16/06/04

Nº 054-2004-PRODUCE/CAS

18/06/04

Nº 055-2004-PRODUCE/CAS

18/06/04

Nº 056-2004-PRODUCE/CAS

18/06/04

Nº 057-2004-PRODUCE/CAS

21/06/04

Nº 058-2004-PRODUCE/CAS

21/06/04

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