Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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con el postor ganador de la buena pro, y de declarar infundada la revision, la administracion tendria el plazo suficiente para elaborar nuevas bases y llevar a cabo el MORDAZA selectivo respectivo, no permitiendo la ausencia del servicio en el distrito; Que, mediante Informe Nº 035-2005-MDL-GPP, la Gerencia de Presupuesto y Planificacion informa que en el Presupuesto Institucional Autorizado 2005, considera la atencion de gastos relativos al Servicio Integral de Limpieza Publica en el distrito de Lince; Que, no habiendose obrado negligentemente segun lo senalado en el Articulo 141º del D.S. Nº 0084-2004PCM, no puede determinarse alguna responsabilidad de parte de la administracion, sin perjuicio de que se remita los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que evalue probables responsabilidades; En uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 28267, el D.S.Nº 083-2004-PCM y el D.S. Nº 0842004-PCM; por mayoria, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio Integral de Limpieza Publica en el distrito de Lince a partir del 2 de MORDAZA del 2005 por 180 dias utiles, consignandose el valor referencial ascendente a Seis Mil Veinticuatro y 06/100 Nuevos Soles (S/. 6,024.06 N.S.) diarios, egreso con cargo a la Asignacion Especifica del Gasto: 5.3.11.34 Contratacion con Empresas de Servicios, Ejercicio Fiscal 2005 Municipalidad Distrital de Lince; no habiendose obrado negligentemente segun lo senalado en el Articulo 141º del D.S. Nº 0084-2004-PCM no puede determinarse alguna responsabilidad de parte de la Administracion, sin perjuicio de que se remita los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que evalue probables responsabilidades. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y a la Jefatura de Abastecimiento, efectuar las acciones necesarias destinadas a la inmediata contratacion del Servicio Integral de Limpieza Publica en el distrito de Lince, y a la Secretaria General del Concejo la remision a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06669

CDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 197-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005, se aprobo la Condonacion del 100% de interes moratorio y reajustes de arbitrio de serenazgo, correspondiente a periodos vencidos por su pago al contado, el mismo que es necesario y urgente prorrogar; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de las Municipalidades y por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 202-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACION TOTAL DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DEL ARBITRIO DE SERENAZGO POR PAGO AL CONTADO DE PERIODOS VENCIDOS Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 6 de agosto del presente ano, los alcances de Beneficio Tributario contenido en la Ordenanza Nº 197-CDLO de fecha 14 de enero de 2005. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA, su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06692

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Prorrogan plazo de beneficio tributario aprobado en la Ordenanza Nº 197CDLO referente al Arbitrio de Serenazgo
ORDENANZA Nº 202-CDLO Los MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 197-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria de fecha 18 de marzo de 2005; el Informe Nº 2542005-MDLO/OAJ de fecha 22 de marzo del 2005 Informe Nº 259-2005-MDLO/SGII, el Dictamen Nº 014-2005-

Prorrogan plazo de beneficio tributario referente a intereses moratorios y ajustes de tributos municipales de periodos vencidos
ORDENANZA Nº 203-CDLO Los MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA

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