Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2005 (03/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 3 de enero de 2005

Que, el Memorando Nº 1317-2004-DG-CNSP/INS emitido por el Centro Nacional de Salud Publica refiere que la contingencia sanitaria producida en las regiones MORDAZA citadas ha incrementado el riesgo del inminente inicio de un brote de Dengue en MORDAZA, situacion tambien imprevista y que requiere de una intervencion inmediata a partir de la primera semana de enero, considerando que en MORDAZA la infestacion por Aedes Aegypti puede incrementarse significativamente poniendo en riesgo a la poblacion; Que, la naturaleza del requerimiento, en ambos casos, responde a una contingencia sanitaria no imputable a la Entidad que no era posible prever y que es necesario atender con la urgencia del caso, dado que se trata de una situacion que podria comprometer la salud publica de la poblacion; Que, asimismo la ausencia tanto de los insumos de laboratorio requeridos, como de los insumos para el control quimico del Dengue compromete el cumplimiento de la funcion asignada al Instituto Nacional de Salud en cuanto al fortalecimiento de la capacidad de diagnostico a nivel nacional para la prevencion y control de riesgos y danos asociados a las enfermedades transmisibles y no transmisibles como es el Dengue, en tal sentido le corresponde a la Entidad la remision a las Direcciones de Salud de los insumos necesarios para la prevencion y control del Dengue en el Peru, segun senala el Memorando Nº 347-2004-LAB.MET.VIR/DEET/ CNSP/INS, el mismo que forma parte del Informe Nº 519-2004-DG-CNSP/INS evacuado por el Centro Nacional de Salud Publica; Que, el literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, senala que estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente, aquellas contrataciones que tengan como objeto la adquisicion de bienes o la contratacion de servicios en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley Nº 26850; Que, el articulo 21º del referido TUO senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850 senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia; Que, conforme a lo expuesto, las adquisiciones solicitadas tienen su origen en la ausencia imprevista de los kits e insumos de laboratorio y de control quimico necesarios para la prevencion y control del Dengue en diferentes regiones del MORDAZA, conforme a las funciones asignadas al Instituto Nacional de Salud, constituyendo situaciones de urgencia que deben ser atendidas con acciones inmediatas a fin de paliar dicha urgencia, por lo que resulta procedente la exoneracion de los procesos de seleccion que corresponderia; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850 al producirse uno de los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad realizara las adquisiciones correspondientes, mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion por cualquier medio de comunicacion, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego; Que, mediante Informe Nº 458-2004-DG-OGAJ/INS, la Oficina General de Asesoria Juridica conforme a los documentos de visto y la informacion que contienen, es de la opinion que el servicio requerido cumple con lo establecido en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico

Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM para la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponderia; Que, estando a los Informes tecnico y legal precedentes y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente contratar dicho servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con la visaciones del Director General del Centro Nacional de Salud Publica y de la Oficina General de Administracion; y, En uso de las atribuciones establecidas en el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR, la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud correspondiente al ano 2004, de los siguientes procesos de seleccion:
MORDAZA de MORDAZA Objeto CIIU Sintesis de las Especificaciones : Adjudicacion Directa Selectiva : Bienes : 242922 : Adquisicion de Kits e Insumos de Laboratorio para el Diagnostico del Dengue MORDAZA de Moneda : Nacional. Valor estimado : S/. 106, 890.12 Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios. Nivel de centralizacion : Lima. Fecha probable de : Diciembre convocatoria Organo encargado de la : Oficina Ejecutiva de Logistica adquisicion MORDAZA de MORDAZA Objeto CIIU Sintesis de las Especificaciones MORDAZA de Moneda Valor estimado Fuente de Financiamiento Nivel de centralizacion Fecha probable de convocatoria Organo encargado de la adquisicion : Adjudicacion Directa Selectiva : Bienes : 242922 : Adquisicion de Insumos de Control Quimico del Dengue : Nacional. : S/. 61,875.00 : Recursos Ordinarios : Lima. : Diciembre : Oficina Ejecutiva de Logistica

Articulo 2º.- DECLARAR, en situacion de urgencia las adquisiciones referidas en el articulo precedente, aprobando la exoneracion del MORDAZA de seleccion que les corresponderia, por las razones tecnicas y legales expuestas en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para contratar los bienes detallados en el articulo precedente, por un valor referencial de S/. 106,890.12 (Ciento Seis Mil Ochocientos Noventa y 12/100 Nuevos Soles) y S/. 61,875.00 (Sesenta y Un Mil Ochocientos Setenta y Cinco y 00/100 nuevos soles). con la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 4º.- DESIGNAR ,a la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion para que realice la adquisicion de los referidos bienes de acuerdo a los montos especificados en el articulo precedente. Articulo 5º.- INFORMAR al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, la aprobacion materia de

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