Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2005 (24/07/2005)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0747-2005-RE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2005

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 13143 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0748-2005-RE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 Visto el Expediente Nº 3802-2005, presentado por el Instituto de Investigacion Nutricional, mediante el cual solicita la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de Glaxosmithkline Biologicals. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 05599-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Instituto de Investigacion Nutricional, se encuentra inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 14 de enero de 2004, legalizado por el Consulado General del Peru en Bruselas, se observa que Glaxosmithkline Biologicals, ha efectuado una donacion a favor del Instituto de Investigacion Nutricional; Que, los bienes donados consisten en trece bultos conteniendo productos farmaceuticos, con un valor FOB US $ 5,660.00 (Cinco Mil Seiscientos Sesenta y 00/100 Dolares Americanos), con un peso MORDAZA de 12.87 kilos, que sera destinado a la implementacion de los consultorios pediatricos de los proyectos de la institucion, que beneficiaran a la poblacion infantil de las zonas MORDAZA urbanas mas deprimidas de Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la Inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer parrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por Glaxosmithkline Biologicals a favor del Instituto de Investigacion Nutricional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 50893-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Glaxosmithkline Biologicals a favor del Instituto de Investigacion Nutricional; a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto

Visto el Expediente Nº 4601-2005 presentado por El Centro de Promocion Social de la Iglesia (PROSOI), mediante el cual solicita la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de VOLUNTEER OPTOMETRIC SERVICES TO HUMANITY-VOSH/ TM FLORIDA. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Centro de Promocion Social de la Iglesia (PROSOI) se encuentra inscrito en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 1 de marzo de 2004, legalizado por el Consulado del Peru en Miami, se observa que VOLUNTEER OPTOMETRIC SERVICES TO HUMANITY-VOSH/TM FLORIDA. Gmbh, ha donado al Centro Promocion Social de la Iglesia (PROSOI); Que, los bienes donados consisten en un bulto conteniendo 12000 monturas de lentes de metal y plasticas, con un valor FOB US $ 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Dolares Americanos), con un peso MORDAZA de 304 kilos, que seran destinados a la asistencia medica y social del Centro Oftalmologico "Divino MORDAZA de Jesus" de Pamplona BajaSan MORDAZA de Miraflores, que beneficiaran ninos y adultos de escasos recursos economicos de Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la Inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer parrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por VOLUNTEER OPTOMETRIC SERVICES TO HUMANITY-VOSH/ TM MORDAZA a favor del Centro de Promocion Social de la Iglesia (PROSOI); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 50893-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por VOLUNTEER OPTOMETRIC SERVICES TO HUMANITYVOSH/TM MORDAZA a favor del Centro de Promocion Social de la Iglesia (PROSOI); a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos.

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