Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2005 (31/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 297868

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2005

Designan Asesor II del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 586-2005/MINSA MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1108-2003SA/DM, de 24 de octubre del 2003, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor II del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud; Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM y los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada, a partir del 1 de agosto de 2005, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir del 1 de agosto de 2005, en el cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud al doctor MORDAZA MORDAZA LOPEZ-DOLZ MADUENO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 13429

este ultimo tiene condicion de socio de tal empresa, habiendo sido gerente general hasta el 31 de diciembre de 2003; Que la afirmacion del denunciante atribuyendo un probable favorecimiento del Concejo Provincial hacia una empresa vinculada al mencionado Regidor, respecto de un servicio que esta persona juridica presta, no configura la causal prevista en el inciso 9 del articulo 22º concordado con el articulo 63º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en razon a que no se acredita que el regidor denunciado MORDAZA materializado los supuestos que esta MORDAZA contempla, esto es que MORDAZA contratado, rematado obras o servicios publicos municipales, o adquirido directamente o por interposita persona sus bienes; por consiguiente, queda a salvo el derecho del ciudadano don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de incoar las acciones que franquea la ley respecto a la alegada irregularidad administrativa; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia confirmar el Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal Nº 23-2004 de fecha 5 de noviembre de 2004 adoptado por el Concejo Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, que rechaza el recurso de reconsideracion que formulara el mismo contra el Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal Nº 19-2004 de fecha 12 de agosto de 2004, que rechaza el pedido de vacancia del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA Enriquez. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 13367

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Confirman el Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal Nº 23-2004, adoptado por el Concejo Provincial de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 222-2005-JNE Exp. Nº 61-2005 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 VISTO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal Provincial de San MORDAZA Nº 232004 de fecha 5 de noviembre de 2004, que rechaza el recurso de reconsideracion que formulara contra el Acuerdo Extraordinario de Concejo Municipal Nº 19-2004 de fecha 12 de agosto de 2004, que rechaza su solicitud de declaratoria de vacancia del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA Enriquez; CONSIDERANDO: Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 16 de junio de 2004 solicita la vacancia del cargo de regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, amparado en la causal prevista en el inciso 9 del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, exponiendo que el Concejo Provincial de San MORDAZA contrato los servicios de la empresa Radio Television San MORDAZA EIRL, efectuando pagos a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien es tercera persona utilizada por dicho regidor, pues

Declaran improcedente pedido de nulidad del MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2005 realizadas en el distrito de Chongos Bajo, provincia de Chupaca
RESOLUCION Nº 223-2005-JNE Exp. Nº 252-2005 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 VISTO en audiencia publica del 26 de MORDAZA de 2005, el pedido de nulidad formulado por el personero legal titular del Partido Politico Coordinadora Nacional de Independientes, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2005, realizada el 3 de MORDAZA de 2005 en el distrito de Chongos Bajo, provincia de Chupaca, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, segun el Acta de Proclamacion Municipal de Resultados de Computo y de Autoridades Electas en el distrito de Chongos Bajo, provincia de Chupaca, departamento de MORDAZA, de fecha 20 de MORDAZA de 2005, el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo proclamo los resultados del MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2005 realizada en dicha jurisdiccion; resultando MORDAZA como MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y como regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Capucho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Munico MORDAZA y MORDAZA Yaurivilca Paucar; Que, en el recurso presentado se alude a la denuncia formulada por el recurrente ante el MORDAZA Electoral

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.